Decreto No. 42120-JP

Fecha de publicación12 Febrero 2020
Número de registro42120-JP
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en las atribuciones y facultades que les confieren los artículos 11, 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política de fecha 07 de noviembre de 1949; los artículos 25 inciso 1), 26 inciso b), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 de fecha 02 de mayo de 1978 y sus reformas; los artículos 1 y 2 inciso e) de la Ley de Creación del Registro Nacional, Ley 5695, de fecha 28 de mayo de 1975 y sus reformas; los artículos 1, 2, 3 inciso k), 10, 11, 12, 13 y 15 de la Ley de Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional (IGN), Ley 59 de fecha 4 de julio de 1944 y sus reformas; Normas Generales, anexo A, apartado 2.06 del Convenio de Préstamo 1284/0C-CR “Programa de Regularización del Catastro y Registro”, entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo, Ley 8154 de fecha 27 de noviembre de 2001; artículos 1,2, 3, 4 y 11 del Decreto Ejecutivo “Declara como datum horizontal oficial para Costa Rica, el CROS, enlazado al Marco Internacional de Referencia Terrestre (ITRF2000) del Servicio Internacional de Rotación de la Tierra (TEAS) para la época de medición 2005.83”, Decreto 33797-MJP-MOPT de fecha 30 de marzo de 2007; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 12 del Decreto Ejecutivo “Actualización del Sistema Geodésico de Referencia Horizontal Oficial para Costa Rica”, Decreto 40962-MJP de fecha 24 de enero de 2018; y artículos 1, 2, 3 y 5 del Decreto Ejecutivo “Creación del Sistema Nacional de Información Territorial”, Decreto 37773-JP-H-MINAE-MICITT de fecha 07 de mayo de 2013.

Considerando:

1º—Que la Organización de las Naciones Unidas y el Instituto Panamericano de Geografía e Historia de la Organización de Estados Americanos, recomendó a sus miembros la creación de infraestructuras nacionales de datos espaciales, al constituirse en un mecanismo intergubernamental para la toma de decisiones, permitiendo establecer directrices en relación con la producción, disponibilidad y uso de información geográfica en el marco de las políticas nacionales.

2º—Que la modernización del Estado se sustenta, entre otros pilares, en la observancia de los principios de transparencia, colaboración entre las instituciones, descentralización y desconcentración, mediante la participación de los ciudadanos en las zonas urbanas y rurales.

3º—Que para la toma de decisiones en la función pública, es fundamental considerar la información geográfica, a efecto de satisfacer las necesidades, procurando así la óptima utilización de los recursos.

4º—Que por imperativo legal, el Instituto Geográfico Nacional del Registro Nacional (IGN), es la instancia oficial, científica y técnica, rectora de la cartografía, la geografía, la geodesia, la geofísica y temas afines, que determina y oficializa las normas técnicas de información geográfica, garantizando la producción, el uso y la gestión de información geográfica fundamental, temática y general, con estándares que aseguran su interoperabilidad y debida publicación.

5º—Que la República de Costa Rica, suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo, el Convenio de Préstamo 1284/0C-CR para la ejecución del denominado “Programa de Regularización del Catastro y Registro de la Propiedad Inmueble de Costa Rica”, aprobado por la Ley 154 de fecha 27 de noviembre de 2001.

6º—Que las Normas Generales, anexo A, apartado 2.06 del Convenio de Préstamo Ley 8154 establecen la creación del Sistema Nacional de Información Territorial, el cual comprende el diseño final e instalación, para gestionar la base de datos oficial catastral registral del país, y en cuya capa básica se enlazan los sistemas de información geográficos interconectados de entidades públicas y privadas, o profesionales en el ejercicio de sus funciones, que al efecto generen información geográfica.

7º—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 37773-JP-H-MINAE-MICITT, de fecha 07 de mayo de 2013, se crea el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT), como un sistema que publica en forma integral la información geográfica temática debidamente estandarizada,...

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