Delega temporalmente en la Reguladora General Adjunta, fungir como órgano decisor en los procedimientos que instruye la DGAU, así como la atención de todos los aspectos administrativos y de direccionamiento estratégico de esa dependencia, de 5 de Marzo de 2018

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCION RRG-320-2018

San José, a las 10:00 horas del 5 de marzo de 2018

Se delega temporalmente en la Reguladora General Adjunta, fungir como órgano decisor en los procedimientos que instruye la DGAU, así como la atención de todos los aspectos administrativos y de direccionamiento estratégico de esa dependencia, en relación con este Despacho.

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el artículo 1 de la Ley Nº 7593 vigente, reformado por el artículo 41 inciso b) de la Ley Nº 8660 del 8 de agosto de2008, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos es una institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y administrativa.

  2. Que el artículo 57 inciso a) sub incisos 3) y 4) de la Ley 7593, establece entre las atribuciones, funciones y deberes del Regulador General, el ejercer la representación judicial y extrajudicial de la institución y ser el jerarca superior administrativo de la institución.

  3. Que el artículo 57, inciso b) sub inciso 1) de la Ley 7593, establece entre los deberes y atribuciones del Regulador General Adjunto, colaborar directamente con el Regulador General en el cumplimiento de las funciones que él le asigne.

  4. Que en el Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, se encuentra en curso una investigación penal, expediente 17-000079-1218-PE y debido al régimen de protección de testigos requiere un replanteamiento de las relaciones entre el Despacho y la Dirección General de Atención al Usuario.

  5. Que el artículo 22 del Reglamento interno de organización y funciones dela Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y su órgano desconcentrado (RIOF), dispone las funciones que corresponden a la Dirección General de Atención al Usuario.

  6. Que el artículo 9 inciso 16 del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Aresep, establece como potestad del Regulador General ordenar la apertura de los procedimientos administrativos en los cuales la posible sanción sea la imposición de multas, dictar los actos preparativos y las medidas cautelares de cierre de empresa o remoción de equipo y dictar la resolución final y conocer y resolver los recursos dele correspondan.

  7. Que los artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública permiten por parte del Superior, la delegación de funciones propias en su inmediato inferior.

  8. Que en virtud del artículo 90 de la Ley General de la Administración Pública, la...

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