Desaparece obligación de declaración para sociedades inactivas

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Desaparece obligación de declaración para sociedades
inactivas
- También se estipula que estas sociedades no pueden emitir comprobantes
electrónicos ni tramitar patentes
San José, 11 de noviembre de 2020. Una nueva resolución de la Dirección General de
Tributación, la DGT-R-075-2019, publicada esta semana en la Gaceta, aclara que las
sociedades inactivas no tendrán que hacer declaración de renta a partir de este año.
Se establece que, al tener que presentar el formulario D-151, las sociedades inactivas no
tienen por qué presentar una declaración adicional, por lo que finalmente desaparece este
sin sentido que duplicaba esfuerzos. Eso sí, se tendrá que completar correctamente el
balance de situación incluido en el formulario D-151”, comentó el MDT. Raymundo Volio,
director de Actualidad Tributaria.
Además de este cambio, la resolución DGT-R-075-2019 ha establecido un par de cambios
adicionales muy importantes que tendrán que tener presentes los representantes de las
sociedades inactivas.
El primero de ellos se refiere a la imposibilidad de estas sociedades de emitir comprobantes
electrónicos. Esto es una obligación única de las sociedades que sí tienen actividades que
impliquen dicha emisión.
Adicionalmente, la resolución estipula que dichas sociedades no podrán obtener patentes
de funcionamiento, lo que el experto considera un absurdo jurídico.
La administración tributaria no tiene potestad para definir a qué sociedad se le otorga una
patente y a cuál no, esto es una postestad de los gobiernos locales”, comentó Volio.
Actualidad Tributaria realizará un seminario dirigido a contadores públicos y privados, para
capacitarlos en el tema de sociedades inactivas. El mismo se llevará a cabo el 25 de
noviembre a las 6 de la tarde. Para más detalles los interesados pueden ingresar a
www.seminariosdeactualidad.com.
Acerca del Bufete Raymundo Volio Abogados y Consultores Tributarios

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