Despido del Jardinero de Zarcero a la luz de la Reforma Procesal Laboral

AutorAna Isabel Borbón Muñoz
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Despido del Jardinero de Zarcero a la luz de la Reforma Procesal
Laboral
Martes, Julio 04, 2017
Por:
Licda. Ana Isabel Borbón Muñoz
Actualidad Tributaria
Con gran asombro he visto en las noticias de los últimos días, cómo éste tema ha
despertado en los ticos miles de sentimientos, y en mi condición de litigante en ésta
materia me siento aún más asombrada, al ver que a tan solo 21 días para que entre
a regir la nueva Reforma Procesal Laboral, existan aún ciudadanos costarricenses,
patronos, jefes o representantes patronales, que no estén enterados de las
repercusiones que sus actos pueden acarrearle, no solo a sí mismos, sino a su
representada.
Es por ello que me he tomado el tiempo para analizar hoy éste despido tan
significativo y conocido por todos, con el fin de hacerle saber, si es que usted no se
ha informado ya, todo lo que NO debe hacer al momento de despedir a un
trabajador, a la luz de la reciente reforma procesal laboral.
Comienzo por indicar, que no conozco los antecedentes del despido del Jardinero
que le dio vida a los árboles de ésta conocida Iglesia, por ello no me referiré a este
caso con la intención de calificar de ninguna forma este despido en concreto, pero
con la información que usted y yo hemos visto en las noticias, podemos hacer un
análisis de gran ayuda para todos aquellos patronos que toman decisiones en el
ámbito laboral, sin una adecuada orientación legal.
La nueva Reforma Procesal Laboral (RPL), que entra a regir el próximo 25 de julio,
trajo consigo un sin número de cambios en el derecho individual, colectivo y
procesal que son de indispensable conocimiento para todos, y que hoy no puedo
abarcarlas en su totalidad, pero éste despido tan peculiar nos lleva a analizar al
menos, unas de las más importantes del derecho individual: la discriminación, la
carta de despido y las consecuencias de un mal despido.
La Discriminación siempre ha estado regulada en nuestro Código de Trabajo, sin
embargo no de forma tan amplia como lo indica actualmente el artículo 404
reformado, pues incluir en la lista 14 elementos específicos y además indicar “o
cualquier forma análoga de discriminación”, coloca al patrono en una encrucijada
que le impide proceder, como hasta ahora se podía, en forma beligerante o al

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