Dictamen n° 013 de 26 de Enero de 2009, de Junta de Protección Social
Emisor | Junta de Protección Social |
C-013-2009
26 de enero de 2009
Licenciado
Rodrigo Carvajal Mora
Subauditor Interno
Junta de Protección Social de San José
Estimado señor:
Con la aprobación de la señora Procuradora General de
I. Imposibilidad de emitir criterio por incumplimiento de requisitos de admisibilidad
Sobre los requisitos de admisibilidad que debe cumplir toda gestión consultiva que sea planteada ante este Despacho, nos permitimos recordar que la consulta debe venir planteada por el jerarca de la dependencia administrativa que gestiona, o en su defecto por el auditor interno cuando proceda.
En tal sentido, el artículo 4° de
“Artículo 4.-
Consultas: Los órganos de
En relación con la importancia que reviste el hecho de que la consulta sea planteada directamente por el jerarca de las diferentes dependencias –y no por un funcionario de otro nivel– en anteriores oportunidades hemos señalado lo siguiente:
“1) La solicitud debe ser formulada por el jerarca administrativo : “Por jerarca debe entenderse el superior jerárquico correspondiente del respectivo órgano o entidad que consulta. Debe tomarse en cuenta el efecto que tienen los dictámenes de
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