Dictamen n° 188 de 11 de Junio de 2007, de Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública
Emisor | Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública |
C-188-2007
11 de junio de 2007
Licenciado
Fernando Berrocal Soto
Ministro
Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública
Estimado señor Ministro:
Con la aprobación de
I. Planteamiento de la consulta.
La consulta hace referencia a un acuerdo de transacción vinculado al caso de los asesinatos ocurridos en
Según se explica, el primer tracto fue depositado a la orden del juzgado que tramita el proceso sucesorio, ya que la viuda del señor Nieto Maturana, señora Marcela Nácima Guerrero García, realizó el reclamo en su condición del albacea provisional.
No obstante, el representante legal de
El consultante solicita nuestro criterio legal acerca de la posibilidad de que dicho pago sea realizado directamente a la reclamante, es decir, a la viuda del señor Nieto Maturana y consecuentemente a sus tres hijos menores.
Con vista en la información brindada, de seguido encontrará las razones que nos impiden acceder a evacuar su consulta.
II. Imposibilidad de esta Procuraduría General para ejercer la función consultiva por tratarse de un caso concreto.
De conformidad con
Sobre el particular, en el dictamen C-044-2003 del 19 de febrero del 2003, se determinó que:
"Conviene recordar, en primera instancia, varias disposiciones de
Artículo 4. Consultas:
Los órganos de
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