Dictamen nº 201 de 13 de Noviembre de 2023, de Municipalidad de Alajuela

EmisorMunicipalidad de Alajuela

13 de noviembre de 2023

PGR-C-201-2023

Señora

Flor González Zamora

Auditora Interna

Municipalidad de Alajuela

Estimada señora:

Con la aprobación del Procurador General de la República, doy respuesta a su oficio no. 368-AI-10-2023 de 25 de octubre de 2023, mediante el cual solicita nuestro criterio en relación con el permiso de portación de armas para los policías municipales.

I. SOBRE LAS CONSULTAS PLANTEADAS POR LOS AUDITORES INTERNOS.

Si bien es cierto el artículo 4° de nuestra Ley Orgánica (no. 6815 de 27 de setiembre de 1982) permite que los auditores internos puedan realizar la consulta directamente, esa facultad no es irrestricta. Pues, conforme a lo dispuesto en la ley, nuestra jurisprudencia administrativa ha señalado las condiciones bajo las cuales debe ejercerse.

En ese sentido, hemos indicado que la materia consultable por parte de los auditores se circunscribe a aquella que pertenezca, de modo directo, a su competencia funcional, es decir, que la facultad de consultar está referida a la competencia del auditor y al ámbito de las competencias del organismo que controla y del cual forma parte, con el fin de que esos órganos de control interno cuenten con la posibilidad de obtener un criterio técnico jurídico informado y autorizado del Órgano Superior Consultivo de la...

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