Dictamen nº 328 de 02 de Diciembre de 2015, de Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes
Emisor | Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes |
C-328-2015
02 de diciembre del 2015
Sra. Virginia Chacón Arias
Directora Ejecutiva Junta Administrativa Archivo Nacional
Ministerio de Cultura y Juventud
Estimada señora:
Con la aprobación de la señora Procuradora General nos referimos al oficio número JA-654 del 23 de octubre del año 2014, por medio del cual solicita emitir criterio sobre lo siguiente: “¿Corresponde a la Junta Administrativa del Archivo Nacional el conocimiento de los actos en alzada de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos?”. Para ello, adjuntan el criterio de la Asesoría Legal.
De previo a dar respuesta a la consulta efectuada, solicitamos las disculpas del caso por la tardanza en la emisión del presente criterio, todo motivado en el volumen de trabajo asignado a este despacho.
Sobre la Dirección General de Archivos
El Sistema Nacional de Archivos es un órgano compuesto principalmente por los archivos públicos, en conjunto con los privados que decidan integrarse a él (artículo 1 de la ley 7202). Tiene como fin primordial custodiar todos aquellos documentos de carácter científico cultural (artículo 2 del mismo cuerpo legal), según sean declarados por la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos (en adelante CNSED, de conformidad con la misma norma).
Respecto de la Junta Administrativa del Archivo Nacional, el artículo 11 de ley de marras sostiene su definición y las diferentes funciones que a ella corresponden:
“Artículo 11:
La Junta Administrativa del Archivo Nacional, creada por ley No. 5574 del 6 de setiembre de 1974, será la máxima autoridad del Sistema Nacional de Archivos, actuará como órgano rector de dicho sistema, y tendrá como objetivos principales dotar de un edificio funcional a la Dirección General del Archivo Nacional, lo mismo que mantener una estrecha relación archivística y técnica entre los archivos del sistema. Su domicilio estará en la ciudad de San José, y será el mismo que tenga la Dirección General del Archivo Nacional. Además, tendrá las siguientes funciones:
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Velar por el mantenimiento del edificio mencionado.
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Financiar la compra del equipo técnico, el mobiliario y el material necesarios para el óptimo funcionamiento de la Dirección General del Archivo Nacional, previa recomendación del departamento respectivo y del director general de la institución.
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Dictar los presupuestos, acordar los gastos, promover y aprobar licitaciones públicas y privadas, así como las contrataciones directas. Todo ello con sujeción a lo dispuesto en la Ley de la Administración Financiera de la República, No. 1279 del 2 de mayo de 1951 y sus reformas.
ch) Promover y colaborar económicamente en la realización de actividades de tipo cultural y educativo que lleve a cabo la Dirección General del Archivo Nacional.
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Contratar al personal administrativo, técnico y profesional que la Dirección General del Archivo Nacional necesite.
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Establecer las políticas archivísticas del país y recomendar estrategias para un adecuado desarrollo del Sistema Nacional de Archivos.
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Formular recomendaciones técnicas sobre la producción y la gestión de documentos.
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Velar por la óptima organización de los archivos públicos de Costa Rica.
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Formular recomendaciones técnicas sobre la administración de documentos producidos por medios automáticos.
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Asesorar al Consejo Superior de Educación sobre los planes de estudio relacionados con las técnicas archivísticas que se imparten en las escuelas privadas y en los colegios técnico-profesionales del país.
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Coordinar con los centros de educación superior la formación profesional en el campo de la archivística.
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Organizar congresos, seminarios, jornadas o actividades similares, en los que participen archivistas nacionales e internacionales y otros especialistas o técnicos en ciencias afines con la archivística.
l) Todas las demás funciones que se le asignen en otras leyes o reglamentos.”
De la norma anterior se desprende que la Junta Administrativa es el máximo órgano del Sistema Nacional de Archivos y que posee competencias técnicas, de gestión y de dirección de los órganos que lo componen. En este sentido, ostenta potestades de emitir recomendaciones técnicas, el establecimiento de políticas adecuadas para el manejo de los archivos y su organización. La posición de órgano rector en la materia asignado a la Junta Administrativa, es reiterado en el Reglamento a la ley, publicado mediante el Decreto Ejecutivo número 24023-C. (en adelante el Reglamento), particularmente en el artículo 6.
La...
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