Dictamen nº 428 de 27 de Noviembre de 2014, de Municipalidad de San José

EmisorMunicipalidad de San José

27 de noviembre de 2014

C-428-2014

Licenciada

Carolina Solano Carballo

Jefa de la Sección de Seguridad Municipal

Municipalidad de San José

Estimada señora:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República me es grato referirme a su oficio DSCP-S-I-448-2014 del día 18 de junio del 2014, recibido en este Despacho ese mismo día, mediante el cual nos consulta respecto a los horarios de la Seguridad Interna de la Municipalidad.

I. LA CONSULTA PLANTEADA PRESENTA PROBLEMAS DE ADMISIBILIDAD

Sobre los requisitos de admisibilidad que debe cumplir toda gestión consultiva presentada ante este Despacho, nos permitimos recordar lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (N° 6815 de 27 de setiembre de 1982), que señala:

ARTÍCULO 4.- CONSULTAS

Consultas: Los órganos de la Administración Pública, por medio de los jerarcas de los diferentes niveles administrativos, podrán consultar el criterio técnico-jurídico de la Procuraduría; en cada caso, deberán acompañar la opinión de la asesoría legal respectiva, salvo el caso de los auditores internos, quienes podrán realizar la consulta directamente”.

De conformidad con la norma citada debemos indicar que la consulta presentada incumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en nuestro ordenamiento jurídico por cuanto no es planteada por el jerarca institucional, que el caso de las municipalidades es el Alcalde o el Concejo Municipal.

Respecto al jerarca institucional hemos indicado lo siguiente:

“Por jerarca debe entenderse el superior jerárquico correspondiente del respectivo órgano o entidad que consulta. Debe tomarse en cuenta el efecto que tienen los dictámenes de la Procuraduría. En virtud de ese efecto, resulta improcedente que la Procuraduría proceda a emitir pronunciamiento vinculante respecto de un punto que atañe a un organismo cuando la consulta proviene de un órgano inferior. Es el superior jerárquico quien...

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