Dictamen n° 055 de 03 de Marzo de 2011, de Ministerio de Educación Pública

EmisorMinisterio de Educación Pública

3 de marzo de 2011

C-055-2011

Señor

Leonardo Garnier Rímolo

Ministro de Educación Pública

Estimado señor:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio DM-6157-11-10, del 29 de noviembre de 2010, por medio del cual nos solicita, con fundamento en el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública, determinar la presunta Nulidad Absoluta, Evidente y Manifiesta de la “inscripción del título de Bachillerato en Administración de Empresas con Énfasis en Gerencia del señor XXX…”

I.-

ANTECEDENTES RELEVANTES.

Del expediente administrativo que se adjuntó a la gestión, así como del informe rendido por el órgano director del procedimiento administrativo nombrado al efecto, consideramos oportuno mencionar los siguientes antecedentes de importancia para la decisión de este asunto:

1. La Universidad Cristiana del Sur confirió al señor XXX el grado académico de Licenciado en Administración de Empresas con Énfasis en Gerencia. Este título académico fue inscrito por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Privada al tomo 62, folio 4, número 67. Inscripción que data del 14 de marzo de 2006. (Folio 652 del expediente administrativo.).

2. El día 18 de octubre de 2007, el señor XXX presentó una solicitud para ser incorporado ante el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica. Adjuntas a su solicitud, el señor XXX presentó el correspondiente título de grado universitario expedido por la Universidad Cristiana del Sur, y un título que le acreditaba como Bachiller en Educación Media expedido el 18 de mayo de 2001 por la División de Control de la Calidad y Macroevaluación del Sistema Educativo, supuestamente inscrito en el tomo 3, folio 349, asiento 558, título 2017. Adicionalmente, se aportaron constancia de las notas acreditadas ante la Universidad Cristiana del Sur desde febrero de 2002 y un declaración bajo fe de juramento de que los títulos aportados constituían documentos auténticos y ciertos. (Folios Folios 654 a 647 del expediente administrativo.)

3. Ante solicitud expresa de la Dirección Ejecutiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, el Director de Pruebas Nacionales de Educación Abierta, División de Control de Calidad, por oficio DPNEA 1503-2007 le informa al Colegio que el título de Bachiller en Educación Media presentado ante dicho ente es falso, pues las citas de inscripción no corresponden a los registros del Ministerio de Educación y las firmas tampoco se corresponden con las de los funcionarios autorizados para la inscripción de dichos títulos. (Folio 659 del expediente administrativo.)

4. Mediante oficio CPCE-JD-974-07 de 5 de diciembre de 2007, la Secretaria de la Junta Directiva del Colegio le informó al señor XXX que por acuerdo tomado por la Junta el 5 de diciembre de 2007 se resolvió solicitar al Consejo Nacional de Enseñanza Superior Privada la declaratoria de la nulidad del acto de inscripción del título de Licenciado en Administración de Empresas con énfasis en Gerencia. (Folio 663 del expediente administrativo.)

5. Mediante memorial sin número de 15 de febrero de 2008, el Presidente del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas denunció las irregularidades relacionadas con el título de Licenciado del señor XXX y solicitó la anulación del acto de inscripción de dicho título. (folios 670-666 del expediente administrativo.)

6. Por oficio denominado Prevención CUR N.° 173-08 de 7 de marzo de 2008, el Consejo solicitó a la Universidad Cristiana del Sur la correspondiente copia certificada del expediente académico del señor XXX. (folios 672 a 671 del expediente administrativo.)

7. El 3 de abril de 2008, a través del oficio D.D.E. –SJ-216, la Dirección Regional de San José del Ministerio de Educación Pública procedió a reconocer y equiparar un título de Conclusión de la Educación Media presentado por el señor XXX y que habría sido expedido en Estados Unidos. (folio 704 del expediente administrativo.)

8. Mediante memorial sin número de 7 de abril de 2008, el Director Ejecutivo de la Universidad Cristiana del Sur aportó copia de la documentación constante en el expediente académico del señor XXX. Se destaca que como parte de esta documentación, la Universidad adjuntó copia del título de bachillerato en educación media presentado en su momento por el señor XXX, el cual consistió en un título supuestamente expedido por el Liceo José Joaquín Jiménez Núñez, de fecha 28 de setiembre de 1984, del tomo I, folio 108, asiento 1631. (folios 678 a 673 del expediente administrativo.)

9. Por oficio DEC-1188-2008, el Departamento de Evaluación de la Calidad determinó que el título que acreditaba al señor XXX como bachiller y que había sido expedido por el Liceo José Joaquín Jiménez Núñez es falso. (Ver folio 887 del expediente administrativo.)

10. Por oficio sin número de 7 de mayo de 2008, el señor XXX aportó al Consejo Superior de Educación copia de otro título de educación media. Este expedido en extranjero. Específicamente se trata de una certificación expedida por un instituto denominado INTERNATIONAL HARVARD CHRISTIAN...

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