Dictamen n° 183 de 01 de Julio de 2009, de Ciudadano Particular

EmisorCiudadano Particular

C-183-2009

01 de julio,2009

Señora

Avice Martha Gingold

Vecinos Calle La Margarita

Ciudad Colón, Cantón de Mora

Estimada señora:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio de fecha 2 de junio del año en curso, mediante el cual nos adjunta un video y pruebas fotográficas de las constantes anomalías sufridas en la calle pública de su comunidad.

Lo anterior, con la petición de que revisemos dicha documentación y determinemos las acciones apropiadas y necesarias para garantizar la seguridad de sus hogares y familias, tanto como los recursos naturales y accesos públicos.

Vistos los términos de su gestión, en primer términos nos vemos obligados a indicarle que de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (No. 6815 de 27 de setiembre de 1982) concretamente en sus numerales 1 y 3 inciso b), se establece claramente la naturaleza jurídica y las funciones de este Órgano Asesor.

En ese sentido, transcribimos los artículos citados:

Artículo 1.-

Naturaleza jurídica

La Procuraduría General de la República es el órgano superior consultivo, técnico-jurídico, de la Administración Pública, y el representante legal del Estado en las materias propias de su competencia. Tiene independencia funcional y de criterio en el desempeño de sus funciones”.

Artículo 3.-

Atribuciones

Son atribuciones de la Procuraduría General de la República:

b) Dar informe, dictámenes, pronunciamientos y asesoramiento que, acerca de cuestiones jurídicas, le soliciten el Estado, los entes descentralizados, los demás organismos públicos y las empresas estatales.

(...)”.

De la normativa transcrita se desprende claramente que la Procuraduría General de la República es el asesor técnico jurídico de las distintas dependencias de la Administración Pública, y no está facultada para responder consultas a particulares (ver en igual sentido, en punto a la denegatoria de trámite de la consulta cuando el solicitante es una persona privada, entre otros, los siguientes dictámenes: C-154-2006 del 20 de abril de 2006, C-459-2006 del 14 de noviembre de 2006, C-113-2007 del 11 de abril del 2007, C-201-2008 del 12 de junio del 2008, C-272-2008 del 7 de agosto del 2008, C-451-2008 del 18 de diciembre del 2008, C-029-2009 del 6 de febrero del 2009, C-052-2009 del 20 de febrero del 2009, C-063-2009 del 2 de marzo del 2009 y C-141-2009 del...

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