Dictamen n° 133 de 14 de Mayo de 2009, de Instituto de Desarrollo Agrario
Emisor | Instituto de Desarrollo Agrario |
C-133-2009
14 de mayo del 2009
Doctor
Carlos Bolaños Céspedes
Presidente Ejecutivo
Instituto de Desarrollo Agrario
Estimado señor:
Con aprobación de la señora Procuradora General de
De manera concreta se nos pregunta:
1. ¿Deviene en ilegal que el Poder Ejecutivo haya dictado el decreto ejecutivo No. 29957-G del 16 de diciembre del 2001, el cual amplía el área del Territorio Indígena Guaymí de Osa, provocando la sobre posición parcial con el Parque Nacional Corcovado, creado mediante decreto ejecutivo No. 5357-G del 31 de octubre de 1975, ratificado como ley mediante el artículo 1 de
2. Bajo el supuesto anterior de sobre posición parcial del Territorios Indígena Guaymí de Osa con el Parque Nacional Corcovado, ¿Qué prevalece jurídicamente, el régimen jurídico del área silvestre protegida de propiedad estatal o el régimen jurídico del territorio indígena?
3. Adicionalmente, nos interesa conocer su criterio técnico legal sobre si la existencia de sobre posición de regímenes jurídicos especiales, tal como la descrita en las preguntas 1 y 2, es compatible con el Derecho de
4. Si la respuesta a la pregunta anterior fuere que la sobre posición de regímenes jurídicos es compatible con
5. ¿Es jurídicamente correcto interpretar que los terrenos con bosque o aptitud forestal, ubicada dentro del Asentamiento Osa y afectada por el Territorio Indígena Guaymí de Osa según decreto 29957-G, no constituyen Patrimonio Natural del Estado?
Como se ha señalado anteriormente en ocasiones similares, no nos...
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