Dictamen n° 147 de 12 de Junio de 2012, de Asamblea Legislativa

EmisorAsamblea Legislativa

12 de junio, 2012

C-147-2012

Señor

Antonio Ayales

Director Ejecutivo

Asamblea Legislativa

Estimado señor:

Con la aprobación de la señora Procuradora General de la República, me refiero a su oficio Direc.0585-05-2012 fechado veinticinco de mayo del año dos mil doce, recibido en este Despacho el día treinta y uno de mayo del año dos mil doce; en el que se solicita criterio a este Órgano Asesor con respeto a si un legislador puede renunciar a su aumento salarial. Específicamente se requiere de nuestro criterio en torno a las siguientes interrogantes:

“Me permito informarle que el Directorio Legislativo, mediante artículo 27 de la sesión N°117-2012, conoció el recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentada por un legislador tendiente a que no se le aplicara o de ser el caso se le rebajara de su remuneración, el aumento del 5% correspondiente al segundo semestre del 2012, que dispone la ley 7352.”

La consulta se acompaña del criterio legal de la Asesoría Legal de la Asamblea Legislativa, emitido bajo el oficio número As. Leg. 271-2012 del 10 de abril del 2012, en el cual se indica:

“En atención al oficio D.E. 540-03-2012 en que se nos instruye a brindar nuestro criterio en torno a la renuncia del diputado Villalta Flores-Estrada al aumento del 5% para los diputados nos permitimos hacer las siguientes observaciones:…

Así, en nuestro criterio, no es posible la renuncia al aumento en la remuneración señalado en la Ley, pues implica que las deducciones legales y sociales a que está sujeto ese pago dependerían del arbitrio del sujeto pasivo las obligaciones.”

I.-

SOBRE LA INAMISIBILIDAD DE LA CONSULTA

Después de un análisis detallado de la consulta se desprende la existencia de una imposibilidad legal para evacuarla y, por ende, conocer el fondo de la misma, por cuando se trata de un caso concreto.

En efecto, lo consultado está referido al recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por el Diputado Villalta Flores-Estrada, en razón de la posibilidad de renunciar o que se rebaje de su remuneración el aumento del 5% dispuesto por la ley número 7352, que corresponde al segundo semestre del año en curso. Tal afirmación se desprende, con claridad, del criterio jurídico que se adjunta a la solicitud que se somete a conocimiento de este Órgano Asesor.

Así las cosas, conviene recordar que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (No. 6815 del 27 de septiembre del año...

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