Dictamen n° 071 de 13 de Marzo de 2009, de Instituto Nacional de Seguros
Emisor | Instituto Nacional de Seguros |
C-071-2009
13 de marzo de 2009
Doctor
Guillermo Constenla U.
Presidente Ejecutivo
Instituto Nacional de Seguros
Estimado señor:
Con la aprobación de la señora Procuradora General de
-¿Se desprende de la norma la necesidad de cumplir con algún requisito, distinto de los que expresamente indica en forma literal la misma, para aplicar el supuesto de excepción previsto?
-¿Cuáles son los requisitos exigidos por el artículo 9 de
-En el encabezado de la norma, la frase “Por tratarse de actividades indispensables para la eficiente realización de su actividad ordinaria y para permitir la efectiva competencia del INS en el mercado abierto (…)” ¿corresponde a la justificación que expone el legislador para enunciar las actividades exceptuadas de los procedimientos ordinarios de contratación o a un requerimiento de justificar, en cada contratación, que la misma es necesaria para contribuir al desarrollo eficiente de la actividad ordinaria?
-¿Puede un ente externo al INS, distinto del Poder Legislativo vía reforma de Ley o de
I.-
Inadmisibilidad de la consulta
Teniendo a la vista los antecedentes de la presente gestión, se observa que las cuestiones consultadas se encuentran directamente relacionadas con la materia de disposición de fondos y bienes públicos, propiamente en materia de contratación administrativa, que es materia en la que
Por lo anterior, debemos declinar nuestra competencia en favor del órgano contralor, toda vez que por imperativo legal esta Procuraduría General no puede emitir criterio respecto de asuntos propios de otros órganos administrativos.
En ese orden dispone el artículo 5 de nuestra Ley Orgánica lo siguiente:
“Artículo 5.-
No obstante lo dispuesto en los artículos anteriores, no son consultables los asuntos propios de los órganos administrativos que posean una jurisdicción especial establecida por ley.”
Justamente sobre la imposibilidad de emitir criterio cuando se está frente a materia exclusiva de
“I. COMPETENCIA PREVALENTE DE
Bajo ese contexto, en virtud de que el asunto sometido a...
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