Dictamen n° 251 de 19 de Setiembre de 2001, de Instituto de Desarrollo Agrario

EmisorInstituto de Desarrollo Agrario

C-251-2001

19 de septiembre del 2001

Ingeniero

José Joaquín Acuña Mesén

Presidente Ejecutivo

Instituto de Desarrollo Agrario

S. O.

Estimado señor:

Con la aprobación del Procurador General Adjunto, me refiero a la solicitud planteada mediante oficio NºPE-548, del 13 de marzo del año 2001, suscrito por su persona.

OBJETO DEL DICTAMEN

Se manifiesta literalmente en el oficio antes señalado:

"Por acuerdo número VI de la Sesión No. 047 celebrada el 3 de julio del 2000, la Junta Directiva ordenó iniciar los procedimientos administrativos para la declaratoria de nulidad absoluta, evidente y manifiesta de los acuerdos que autorizan la segregación y adjudicación de propiedades del IDA, a la Asociación para la Protección del Ambiente y Fomento del Agroecoturismo en Asentamientos del Instituto de Desarrollo Agrario- APROAMBIDA, todo de conformidad con el artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública.

En ejecución del acuerdo citado se conformaron Órganos Directores de procedimiento a efecto de que se determinar (Sic.) la verdad real de los hechos y emitiera la resolución de recomendación que debería tomar este Despacho en los casos que nos ocupa.

Dicho Órgano, una vez iniciado el procedimiento con la participación de los afectados y antes de emitir la recomendación final, determinó que se podría estar en presencia de una Nulidad Absoluta, Evidente y Manifiesta, de los actos que dieron origen al traspaso de una parcela del IDA a las Asociaciones en referencia, incumpliéndose los requisitos y procedimientos establecidos.

..."

(El énfasis es nuestro)

De previo, es importante llamar la atención sobre el hecho de que mediante el expediente remitido a este Despacho se instruyó sobre la presunta responsabilidad de los funcionarios públicos en las adjudicaciones y traspasos supuestamente ilícitos.

En consecuencia, sin perjuicio de lo que luego diremos sobre esta acumulación, es preciso aclarar que la relación de hechos que consignamos en este dictamen se encuentra referida especialmente a la Asociación para la Protección del Ambiente y Fomento del Agroecoturismo en Asentamientos del Instituto de Desarrollo Agrario, a la que haremos mención con las siglas: APROAMBIDA

Igualmente, debemos aclarar que el expediente está compuesto en su mayor parte por fotocopias simples, incluso en tratándose de documentos que podrían constituir prueba substancial en relación con la nulidad investigada. No obstante, por la forma en que se resuelve, procedemos a realizar el análisis con fundamento en tales piezas.

I. HECHOS QUE SE TIENEN POR ACREDITADOS

PRIMERO. Según consta en el artículo XXIV del Acta de la Sesión Nº011-95, del 20 de marzo de 1995, la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario autorizó adjudicar las parcelas 9 y 11-1 del Asentamiento Bahía a APROAMBIDA.

SEGUNDO. Mediante acuerdo que consta en el artículo L, del Acta de la Sesión Nº026-98, del 31 de marzo de 1998, la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario autorizó adjudicar los lotes números 108, 109 y 110 del Asentamiento Bahía a APROAMBIDA.

TERCERO. Según consta en el artículo VIII del Acta de la Sesión Nº036-98, del 4 de mayo de 1998, la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario autorizó adjudicar la parcela Nº73 del Asentamiento Bahía a favor de APROAMBIDA. Se dio un error material en el tanto en que el asentamiento al que realmente se refiere es el Asentamiento Playa Hermosa.

CUARTO. Mediante oficio NºDOD-318, de 20 de junio del 2000, los licenciados Oldemar Guzmán Serrano y Fanny Segura Castro, fiscalizadores del Departamento de Organismos Descentralizados de la Contraloría General de la República rindieron informe y dispusieron en relación con las adjudicaciones antes indicadas:

"...

3.1 A la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario

a) Ordenar la instauración de un procedimiento administrativo ordinario en ese Instituto, tendente a determinar las eventuales responsabilidades que procedan en contra de aquellos funcionarios de ese Instituto que participaron en los procesos de selección, adjudicación y traspaso de propiedades a favor de la Asociación APROAMBIDA, propiedades ubicadas en los asentamientos Bahía y Playa Hermosa, en la Provincia de Puntarenas, según se detalla en esta Relación de Hechos...

b) Instaurar un procedimiento administrativo tendente a declarar la nulidad de los actos administrativos, mediante los cuales se efectuó el traspaso de tierras a favor de la citada Asociación según se describe en la presente Relación de Hechos..."

(El énfasis es nuestro).

QUINTO. Se manifiesta en el Informe de la Contraloría General de la República, entre otras referencias a irregularidades:

"...

n) Auditores de esta Contraloría visitaron el Asentamiento Bahía en compañía del Ingeniero XXX, miembro de APROAMBIDA y funcionario de la Oficina Sub - regional del IDA en Pérez Zeledón.

En esa visita se verificó que el lote 9 del Asentamiento Bahía es un terreno plano, con frente a la calle que se dirige al centro de la población y sus dos costados dan a calles con salida a la playa. La mayor parte del área está cubierta por potrero, también hay frutales y una vivienda de dos plantas, en estado de deterioro; además al lado de la casa hay otras dos construcciones, en una se ubican los baños y la otras es una galera. De acuerdo con lo que manifiesta el Ing .XXX, esa casa se utiliza como vivienda de la persona que se encarga del cuidado y del mantenimiento del lote; además, indicó que la finca la usan como centro de recreación para el Personal del IDA.

En relación con el lote 11-1 del mismo asentamiento, hay un área de protección, una parte de manglar, frutales y 3 viviendas pequeñas y en mal estado, construidas por personas que han invadido el área, según lo indicado por el Ing. XXX.

..."

(El énfasis es nuestro).

SEXTO. Igualmente, se manifiesta en el Informe de la Contraloría General de la República, entre otras referencias:

"...

  1. El señor Oscar Aguiar Muñoz, es (Sic.) ese entonces Director Región Brunca, recomendó la entrega del título propiedad de los lotes Nº 109 y 110 del Asentamiento Bahía a favor de APROAMBIDA...

...

En relación con la "Descripción de la naturaleza del terreno", según lo señalado en dichos documentos relativos a ambos lotes, toda el área está cubierta de bosque.." (El énfasis es nuestro).

SEPTIMO. Según el Informe de la Contraloría General de la República:

"...el lote 108 del Asentamiento Bahía, el cual también había sido incluido en el citado acuerdo de adjudicación, segregación y traspaso, no fue incorporado en la escritura de traspaso ni se encuentra inscrito en el Registro público a nombre de APROAMBIDA... mediante oficio Nº P.E. 703 del 25 de junio de 1999, el Ing. José Joaquín Acuña... remitió a esta Contraloría nota del Lic.XXX, notario del IDA, en el que se indica: ...

"A pesar de que el acuerdo es de marzo, la escritura no se formalizó sino hasta el 2 de diciembre de 1998..., y se dejó por fuera el lote 108, esto en razón de que verbalmente se me informó, por parte de la Sección de Titulación de que el citado lote tenía problemas con el plano..."

(el subrayado no es del original)

..."

(El énfasis es nuestro).

OCTAVO. Se manifiesta igualmente en el Informe de la Contraloría General de la República:

"...esta Contraloría General solicitó al MINAE que, de conformidad con lo que establecen los artículos 13, 14, 15 y 19 de la Ley Forestal y 12 del Reglamento a dicha Ley, clasificara los lotes adjudicados por el IDA a AMPROAMBIDA. Las respuestas correspondientes a los lotes 108, 109 y 110 del Asentamiento Bahía se recibieron mediante oficios Nos. OT-008-OSA, OT-OSA-008-99 y OT-023 - OSA...

En relación con el lote 108, en el oficio NºOT-023-OSA, se indicó lo siguiente: ...

"Se tipifica como un área de protección, es una franja angosta a lo largo del camino donde su parte más ancha es de unos 60 metros, con una pendiente bastante fuerte 60% y propenso a derrumbes./ La cobertura es bosque intervenido donde se está dando una regeneración natural de diversas especies pionera (sic): guarumu, balsa, jobos, melastomáceas, heliconias, platanillas u bejucos diversos./ Por el grado de pendiente y lo inestable del sustrato (suelo) es de aptitud forestal, no se recomienda el cambio de uso, de darse este cambio ocasionaría deslizamientos, obstrucción del camino, no es apto para la construcción de vivienda ni para cultivos. (El subrayado no es del original).

Con respecto al lote 109, en el oficio NºOT-008-OSA, se...

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