Dictamen n° 383 de 08 de Diciembre de 2003, de Ministerio de Economía, Industria y Comercio

EmisorMinisterio de Economía, Industria y Comercio

C-383-2003

8 de diciembre del 2003
Licenciado
Gilberto Barrantes Rodríguez
Ministro
Ministerio de Economía, Industria y Comercio
Estimado señor:

Con la aprobación del señor Procurador General Adjunto, me refiero a su oficio DM-948-2003 de 6 de noviembre del año en curso, en los siguientes términos.

Indica usted en su misiva que su Despacho ha analizado en forma minuciosa las funciones que realiza el “Programa de Desarrollo Rural”, actualmente adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, y considera que éstas se vinculan directamente con el quehacer del Ministerio de Economía, Industria y Comercio

En razón de las implicaciones que podría traer lo anterior, nos solicita determinar lo siguiente:

“a) Efectivamente el Programa de Desarrollo Rural, adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, es atinente a las funciones del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

b) En caso de que la respuesta fuere positiva, cuál sería el mecanismo legal apropiado para trasladar el Programa de Desarrollo Rural y el Convenio de Cooperación Técnica y Apoyo Administrativo con el IICA, al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.”

En el criterio legal que se adjunta, se concluye que las actividades que ejecuta el Programa de Desarrollo Rural se vinculan directamente con las funciones del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Asimismo se señala en éste que el mecanismo apropiado para reubicar el Proyecto de Desarrollo Rural al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, debería ser el mismo que se utilizó por el Ministerio de la Presidencia para asignarlo al Ministerio de Agricultura y Ganadería, es decir, por medio de la emisión de un Decreto Ejecutivo.

I. Aclaración preliminar

Tal y como se encuentra planteada la consulta, se requeriría, para su debida respuesta de un análisis y, sobretodo, de una valoración que escapa a la competencia de este Órgano Asesor, por las siguientes razones:

Plantean ustedes si el Programa de Desarrollo Rural, que actualmente se encuentra ubicado dentro de la estructura organizacional del MAG, por disponerlo así el Decreto Ejecutivo Nº 26246 del 14 de julio de 1997, debe ser trasladado al MEIC, por ser sus funciones más afines con las de éste. Asimismo, consultan cuál sería el mecanismo más apropiado para trasladarlo.

Tal y como posteriormente se profundizará, la organización de las distintas dependencias del Poder Ejecutivo es una potestad que está constitucionalmente atribuida al Poder Ejecutivo, y el ejercicio de ésta, en general, tiene un alto contenido de discrecionalidad. Debe ser entonces, ese Poder de la República, el que valore la afinidad de un programa con las funciones que cada uno de los Ministerios tienen, para ubicarlo con el más afín[1].

En algunas ocasiones ello podrá ser una tarea sencilla, pero en otras, por la naturaleza de esas funciones, podría ser que se relacione con áreas afines a varios ministerios. En esa situación, deberá determinarse el énfasis que quiera dársele para ubicarlo en el más apropiado para tal fin. Lo anterior, sin perjuicio de establecer mecanismos de coordinación con otras áreas afines.

Obviamente, ese ejercicio de valoración no puede ser realizado por este Órgano Asesor porque escapa a nuestra competencia.

En una oportunidad anterior, ante un planteamiento similar, se indicó:

“El artículo 140, incisos 3) y 18), le otorgan al Poder Ejecutivo la competencia para emitir los reglamentos ejecutivos, y los de organización y servicio.

En la emisión de este tipo de normativa, a pesar de los límites que la Sala Constitucional ha desarrollado abundantemente en su jurisprudencia, siempre existe un margen de discrecionalidad de la Administración que definirá el contenido de éstos, máxime en aquellos que se refieran a organización y servicio (discrecionalidad que en todo caso, queda sujeta a lo dispuesto en los artículos 15 a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR