DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

Fecha de publicación09 Octubre 2020
Número de registroIN2020488941
EmisorAVISOS

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

REGLAMENTO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS

PROPIEDAD DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

DE LA OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL

Se da a conocer que la Junta Directiva de la Operadora de PensionesComplementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, Sociedad Anónimaensesiónordinaria N° 610, celebrada el 16 de setiembre del 2020, acordó por unanimidad de los presentes, aprobar la modificación de los artículos 2) 3) 7) 8) 15) y 18) del Reglamento de arrendamiento de vehículospropiedad de los trabajadores y trabajadoras de la Operadora de Planes de PensionesComplementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A. en los siguientestérminos:

Artículo 2ºPara efectos de la aplicación de esteReglamento, se definen los siguientestérminos:

a)Operadora: Operadora de Planes de PensionesComplementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A., creadaconforme lo dicta la Ley de Protección al Trabajador y el DecretoEjecutivo N° 27503-H “Reglamento para la Constitución de los Puestos de Bolsa, SociedadesAdministradoras de Fondos y Operadoras de PensionesComplementarias de los Banco Públicos y del Instituto Nacional de Seguros”.

b)Jerarca: Junta DirectivaOperadora de Planes de PensionesComplementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A.

c)Administración Superior: estaráconstituida por la Junta Directiva de la Operadora y suGerencia General.

d)Kilometraje: distanciarecorrida por un vehículoenfuncionespropias de su cargo.

e)Dirección de Administración: enteencargado del control interno.

f)Sistema de Arrendamiento: procedimientos y formularios de control establecidos por la Administraciónenprocura de garantizar la aplicación y uso de recursosen la gestión de la Operadora para el reconocimiento de kilometraje para aquellostrabajadores que suscriban el contrato de arrendamiento.

g)Contrato de Arrendamiento: documentosuscrito por el trabajador que da enarrendamientosuvehículo a la Operadora, mediante el cual se establecen sus derechos y obligaciones.

Artículo 3ºLa Operadoraconforme sus requerimientos, contará con un sistema de registro de arrendamiento de vehículos de sus trabajadores, donde la Dirección de Administración de la Operadoraserá la dependenciaencargada del sistema de registro de arrendamiento de vehículos de los trabajadores de la Operadora. inscribirán los vehículos que los trabajadoresarrienden a la Administracióncuando para el cumplimiento de sus funcionesdebandesplazarse a lugaresfuera de sucentro de trabajo. Dichoarrendamiento se materializará por medio un contrato, el cualseráretribuidomediante el pago de kilometrajerecorrido, de conformidad con lo que se estableceenesteReglamento.

Artículo 7ºPara que el trabajadoringrese al sistema de arrendamiento, deberápresentar ante suJefaturainmediata un formulario de solicitud de ingreso al sistema y éstadeberáautorizarlo, ademásdeberácumplir con los siguientesrequisitos:

a)Que el vehículo por utilizar se encuentreinscritoen el Registro Nacional de la Propiedad de VehículosAutomotores a nombre del trabajador. Para acreditarestehecho se deberáaportar la certificacióncorrespondiente. Este vehículo debe ser registradoen el sistema de arrendamiento.

b)Que el vehículo por utilizar se encuentreencondicionesmecánicas y de carroceríaidóneas, que el odómetroestéenbuenestado y que el vehículo sea adecuado para la clase de trabajo para la cual se va a utilizar.

c)Que se encuentre al día en el pago de los derechos de circulación. Se deberáadjuntarcopia de tarjeta de circulacióncorrespondiente.

d)Que el vehículocuente con la aprobación de la revisióntécnica vehicular, de lo cualdeberáadjuntarcopia.

e)Que sulicencia para conducir se encuentrevigente. Deberápresentarcopia de ese documento.

f)Demostrar que el vehículocuenta con las pólizas de seguros que se indicanen el artículo 9 de esteReglamento.

g)El arrendante debe estarinscrito ante el Ministerio de Hacienda.

h)Debe contar con facturaselectrónicasdebidamenteautorizada.

i)Presentardeclaración de impuestosconformesuinscripciónenMinisterio de Hacienda.

j)Inscrito ante la CajaCostarricense del Seguro Social y estar al día.

No procederá el cobroni el reconocimiento del kilometrajerecorridocuando el trabajadorutiliceotrovehículo que no se encuentreregistradoen el sistema.

El trabajadoradmitidoen el sistema de arrendamiento se obligaainformar de inmediato a su jefe y este a la Dirección de Administración, cualquiercambio de las condicionesesencialesaquíindicadas.

Artículo 8ºLa Dirección de Administración o quienestadesigne una vezrecibidos los documentos por parte del jefe inmediato del solicitante, deberáefectuar, en el plazo de cinco días hábiles, el registroen la nómina de autorizados para el “Arrendamiento de vehículos” y realizará una verificación de las condiciones y requisitosnecesarios para la inclusiónen el sistema.

Una vezverificados los requisitos que acreditan al trabajadorcomousuario del sistema de arrendamiento, éstedeberáfirmar un “Contrato de Arrendamiento”, en el cual se incluirántodos los derechos y deberes que se generan del arrendamiento del vehículo tanto para la Administracióncomo para el trabajador; asícomo que se tienencomoincorporadastodas las disposiciones del presenteReglamento y que la Operadora se encuentraexenta de cualquiertipo de responsabilidad.

En el expediente de cadatrabajadoraceptadoen el sistema de arrendamientodebenincluirse los siguientesdocumentos:

a)Copia de licenciavigente.

b)Copia de la revisióntécnicaoficial del vehículo al día debidamenteaprobada.

c)Copia de pago de derechos de circulación al día.

d)Copia de las pólizas del vehículo y de los recibos de renovacióncuandocorresponda.

e)Declaraciónjuradaeximiendo a la Operadora de cualquierresponsabilidad por todos los posiblesdaños que podríasufrir el vehículo no cubiertos por las pólizassolicitadasenesteReglamento.

f)Contrato de arrendamiento.

g)Solicitudes de servicio de kilometraje.

h)Copia de las liquidaciones de kilometrajerecorrido.

i)Copia de inscripción del trabajadoren el Ministerio de Hacienda y la CajaCostarricense de Seguro Social.

Artículo 15.—Concluida la gira el trabajadordispondrá de 7 días hábiles para presentar la liquidaciónrespectiva a la Jefatura de la Dirección y esteluegodeberáremitir a la Dirección de Administración, documento que deberácontener la siguienteinformaciónmínima:

Puesto y unidadadministrativa a la que pertenece el trabajador

a)Número de placa, modelo y año del vehículo

b)Lugar, fecha y hora de inicio y destino de la gira

c)Tarifa vigente por kilómetrorecorrido, autorizada por la Contraloría General de la República.

d)Lecturainicial de salida del odómetro, según lo establecidoen el artículo 18 de esteReglamento.

e)Lectura final de entrada del odómetro, según lo establecidoen el ar...

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