Directrices para la presentación de la declaración jurada de bienes ante la Contraloría General de la República, de 11 de Marzo de 2016

EmisorContraloría General de la República

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIONES

R-DC-019-2016. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO

CONTRALOR. San José, a las nueve horas del once de marzo de dos mil dieciséis.

Considerando:

  1. Que el artículo 183 de la Constitución Política de la República de Costa Rica otorga a la Contraloría General de la República absoluta independencia constitucional y legal de orden funcional y administrativa respecto de cualquier poder, ente u órgano público y, en ese sentido, tiene la potestad de emitir la normativa necesaria para organizar el ejercicio de sus competencias de fiscalización.

  2. Que el artículo 66 del Reglamento a la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública, No. 8422, autoriza a la Contraloría General de la República a definir los medios por los cuales el declarante rendirá la declaración jurada de bienes.

  3. Que el artículo 28 de la Ley No. 8422, desarrollado en los artículos 62 y 78 de su Reglamento establece que el director, el jefe o encargado de la unidad de recursos humanos o de la oficina de personal de cada órgano o entidad pública debe informar a la Contraloría General de la República, sobre los funcionarios sujetos a la declaración jurada y deben mantener permanentemente actualizada la base de datos de la Contraloría General de la República.

  4. Que diversas entidades públicas permiten a los usuarios realizar diferentes trámites a través de sus plataformas tecnológicas, a partir de la utilización de usuarios y claves robustas, con el fin de agilizar los servicios.

  5. Que una condición esencial en el uso de tales plataformas tecnológicas es la inscripción de los usuarios en las bases de datos de las entidades.

  6. Que la plataforma tecnológica de la Contraloría General de la República ofrece seguridad por medio de sistemas informáticos que respaldan la autenticidad, confiabilidad e inalterabilidad de la información de la declaración jurada de bienes, siendo el usuario y contraseña un mecanismo efectivo y seguro para el ingreso al Sistema de Declaraciones Juradas de Bienes y el llenado del formulario; por lo que con el fin de facilitar al declarante el cumplimiento de ese deber legal y hacer más eficiente dicho proceso, se puede prescindir del uso de la firma digital certificada, así como de la entrega del formulario impreso ante la Contraloría General de la República.

  7. Que es importante fortalecer en la administración pública el concepto de desarrollo sostenible, mediante el...

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