Reforma Directrices de Política Presupuestaria del 2004 y 2005 para los ministerios, demás órganos según corresponda y entidades públicas cubiertas por el ámbito de la autoridad presupuestaria, de 24 de Noviembre de 2004

EmisorPoder Ejecutivo

32162

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1) y 27, inciso 1) y 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, Ley Nº 8131, o Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre del 2001, y su Reglamento y Ley Nº 7798, Ley del Consejo Nacional de Vialidad del 30 de abril de 1998.

Considerando:

  1. —Que mediante Ley Nº 7798, publicada en La Gaceta Nº 103 del 29 de mayo de 1998, se faculta al Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), a planear, programar, administrar, financiar, ejecutar y controlar la conservación y a la construcción y conservación de las carreteras, calles de travesía y puentes de la red nacional.

  2. —Que el CONAVI, tiene entre otros fines, la responsabilidad de construir y mejorar las carreteras, mediante la concesión de obra pública.

  3. —Que el Consejo para cumplir con sus objetivos institucionales requiere incorporar recursos adicionales para cumplir con sus obligaciones, para el pago de expropiaciones y el eventual pago de indemnizaciones por daños y perjuicios del Proyecto para la Concesión del tramo San José-San Ramón.

  4. —Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 31708-H publicado en La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo del 2004, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2005, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Presidente de la República, estableciendo en el Capítulo I,

    artículo 2º, inciso b) del mismo, las exclusiones específicas de gasto presupuestario del 2005, para las entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

  5. Que mediante oficio DAR-1336-04 el CONAVI solicita se adicione al artículo 2° del Decreto Ejecutivo Nº 31708-H, la partida Óadquisición de terrenos como una exclusión específica, con el fin de dar cumplimiento al artículo 4º del Decreto Ejecutivo Nº 31688-MOPT-H publicado en La Gaceta Nº 58 del 23 de marzo del 2004, sobre el pago de expropiaciones de la primera...

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