Directriz N° 105-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Fecha de publicación15 Abril 2021
Número de registroD105 - IN2021541229
EmisorPoder Ejecutivo

N° 105-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 9° y 50 de la Constitución Política; los artículos 26 inciso a) y b), 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública, Ley número 6227 de 02 de mayo de 1978; y,

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 9° de la Constitución Política, la participación de la ciudadanía representa un principio esencial para el Estado social democrático de Derecho, por lo que se debe fomentar el diálogo de manera permanente entre el Estado y los diferentes actores sociales, que permita a las personas formar parte de las decisiones de interés público, así como la planificación de políticas públicas que busquen el desarrollo económico, social y ambiental.

II.—Que el artículo 50 del texto fundamental establece que “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza (…)”. Para el cumplimiento de este mandato constitucional, el Estado debe orientar la política social, económica y ambiental en el territorio nacional, con la finalidad de mejorar la productividad y alcanzar el bien para el colectivo.

III.—Que mediante Decreto Ejecutivo número 42227-MP-S del 16 de marzo del 2020, se declaró estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19.

IV.—Que los Presidentes del Poder Ejecutivo y Legislativo convocaron el 19 de octubre del 2020 a una mesa de diálogo multisectorial con el objetivo de dialogar de manera sincera y construir colectivamente entre actores sociales, empresariales y políticos, medidas que permitan impulsar el crecimiento económico, la generación de empleo y lograr el equilibrio fiscal como determinantes de la reducción de la pobreza y la desigualdad, así como lograr paz social, mediante medidas de consenso frente a la afectación causada por la pandemia.

V.—Que de forma paralela y vinculada con el proceso de diálogo antes citado, el Presidente de la República instruyó a las personas jerarcas designadas como coordinadoras territoriales a desarrollar un proceso de diálogo ampliado y participativo que fortaleciera la relación del Gobierno con actores sociales, empresariales y comunales de los territorios con el fin de integrar propuestas de reactivación económica y de generación de empleo decente.

VI.—Que en razón de las mesas de diálogo territorial desarrolladas manera simultánea en las regiones del país, se contó en la Región Huetar Norte con el proceso de diálogo coordinado por la Primera Vicepresidencia de la República, la cual también lidera el programa Franja de Desarrollo de la Zona Norte. Para este caso, la Región Huetar Norte se compone de los cantones de San Carlos, Upala, Los Chiles, Guatuso, Río Cuarto y Sarapiquí, así como el distrito de Sarapiquí (Alajuela) y la intendencia de Peñas Blancas (San Ramón).

VII.—Que la dinámica del diálogo ampliado y participativo de esta mesa territorial de la Franja de Desarrollo de la Zona Norte se sustentó en la Directriz número 106-MP-MJ del 26 de abril del 2018, denominada Implementación del Protocolo de Diálogo Democrático para el Gobierno Abierto”, e incorporó la participación ciudadana y la inteligencia colectiva como principios ineludibles de este proceso, permitiendo la identificación de consensos y disensos.

VIII.—Que como parte de este proceso en la Región Huetar Norte, se contó con la participación de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés) en nuestro país, desde la segunda fase y hasta la finalización del proceso. A través de dicha participación se dio la sistematización y así como la observación independiente y activa de tal organización. Asimismo, tras la amplia y diversa representación de sectores y agentes sociales, se tuvo fue posible identificar cerca de 132 acciones y proyectos diversos en todas las dimensiones del desarrollo tales como la económica, lo social, la infraestructura, lo ambiental, entre otros.

IX.—Que a partir de los productos y acuerdos alcanzados en la mesa de diálogo de la Región Huetar Norte, la Presidencia de la República tiene el compromiso incólume de apoyar e impulsar las acciones derivadas de ese trabajo regional que permitan contribuir con el desarrollo integral de esa Región. Por ello, la Presidencia de la República procede con la emisión de la presente directriz con el objetivo claro de girar las instrucciones pertinentes para que las autoridades vinculadas aborden en un plazo determinado las respectivas acciones que se constituyen como prioritarias para esa zona, según la matriz anexa a esta directriz, lo cual estará acompañado del seguimiento respectivo; conjuntamente, la coordinadora política de esa mesa de diálogo deberá proceder con el desarrollo de los demás productos emanados del trabajo regional. De tal forma que, con estas instrucciones, se propicie el escenario necesario para promover el bienestar social, económico, productivo y ambiental en la Región Huetar Norte en apego al marco del Estado democrático de Derecho. Por tanto,

Se emite la siguiente directriz, dirigida a la Administración Pública Central y Descentralizada,

EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES PRIORITARIAS

PARA LA REGIÓN HUETAR NORTE DERIVADAS

DEL DIÁLOGO TERRITORIAL PARA SU

REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y

GENERACIÓN DE EMPLEO

Artículo 1ºObjetivo e instituciones vinculadas. Se instruye a las instancias ministeriales y a sus dependencias vinculadas, y se invita a las instituciones de la Administración Pública Descentralizada, con respeto de su autonomía o naturaleza funcional específica, a ejecutar a las acciones prioritarias establecidas en la matriz anexa a la presente Directriz, para la reactivación económica y generación de empleo de la Región Huetar Norte, según las dimensiones temáticas definidas en dicha matriz.

Las instituciones llamadas a la observación de la presente Directriz en los términos de la matriz adjunta, son las siguientes:

a. Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)

b. Ministerio de Salud (MS)

c. Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC)

d. Ministerio de Ambiente y Energía...

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