Disposiciones generales del pliego de condiciones tipo procesos de contratación pública, de 26 de Septiembre de 2023
Emisor | Instituto Costarricense de Electricidad |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PLIEGO DE CONDICIONES TIPO PARA PROCESOS DE CONTRATACION
PÚBLICA
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de la Ley No.9986, Ley General de Contratación Pública y artículo 90 de su Reglamento, así como el artículo 7 inciso 30) del Reglamento Interno de Contratación Pública del ICE, se publican las condiciones generales y particulares del Pliego de Condiciones tipo para los procedimientos de contratación pública que promueva el Instituto Costarricense de Electricidad.
DISPOSICIONES GENERALES DEL PLIEGO DE CONDICIONES TIPO
PROCESOS DE CONTRATACION PÚBLICA
CAPÍTULO I
Condiciones Generales
Estas condiciones regirán para los procedimientos de contratación pública, tramitadas por l Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará ICE, Institución Autónoma de la de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica Nº 4-000-042139-02.
La actividad de contratación pública del ICE por la Jerarquía de las Fuentes, se sujetará al siguiente orden:
-
Instrumentos internacionales.
-
Ley General de Contratación Pública N° 9986.
-
Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, de 2 de mayo de 1978.
-
Otras leyes.
-
Reglamento a la Ley General de Contratación Pública N° 9986.
-
Otros decretos ejecutivos y reglamentos.
-
Reglamento Interno de Contratación Pública
-
La normativa técnica aplicable según el objeto de la contratación.
-
El pliego de condiciones.
-
El contrato respectivo.
GENERALIDADES:
1.1 Serán oferentes toda(s) persona(s) física(s) o jurídica(s) que somete(n) su propuesta al ICE dentro del procedimiento de contratación, en apego a los términos establecidos en el pliego de condiciones, mediante el Sistema digital unificado o bien por otro medio que como excepción se haya dispuesto en el pliego de condiciones, en estricto apego a la Ley No.9986, Ley General de Contratación Pública y su Reglamento.
1.2. Las aclaraciones o modificaciones que el ICE considere necesario hacer al Pliego de Condiciones, serán anunciadas en el Sistema Digital Unificado - SICOP o aquellos procedimientos tramitados en físico, serán publicadas por medio del sitio WEB: www.grupoice.com/PEL
1.3. Será obligación de los oferentes considerar el contenido de estas aclaraciones o modificaciones al Pliego de Condiciones, y no podrán alegar desconocimiento de las mismas, pues forman parte integral del mismo.
Dirección Proveeduría
1.4 La omisión en el pliego de condiciones de aquellas obligaciones impuestas por el ordenamiento jurídico a los potenciales oferentes en atención al objeto contractual, no exime a éstos de su cumplimiento.
1.5 El oferente y subcontratista deberá encontrarse al día con sus obligaciones con la CCSS, Fodesaf y Hacienda, lo cual será verificado en cualquier momento por parte de la Administración.
2. OFERTAS:
2.1 Presentación de la oferta.
2.2 Todas las ofertas deberán ser presentadas por medio del Sistema Digital Unificado - SICOP. En caso de que un procedimiento de contratación sea fuera del Sistema Digital Unificado-SICOP (físico), las ofertas se presentarán en la ventanilla única de la Dirección de Proveeduría. Deberán aportar dos (2) copias de la oferta y deberá estar firmada por quién ostente el poder de representación legal para ello.
2.3 El acto de apertura de las ofertas se realizará en la hora y fecha indicada en el Expediente Electrónico de la contratación, visible en el Sistema Digital Unificado.
Para el caso de contrataciones que se tramiten por otros medios, la apertura se llevará a cabo en la hora y fecha designada en el pliego de condiciones, la cual se llevará a cabo en la Sala de Aperturas de la Dirección de Proveeduría; para estos efectos la hora se regirá por el reloj de la Proveeduría.
2.4. Los expedientes de las contrataciones son de acceso público. Al expediente electrónico, se debe de ingresar al Sistema Digital Unificado-SICOP con el respectivo número de contratación. Aquellos procedimientos que se tramiten en expediente "físico", fuera de línea, se podrá consultar el expediente dentro del horario de las 7:00 a las 12:00 horas de lunes a viernes. De lo anterior se exceptúa la información que esté declarada como confidencial dentro de un expediente, según lo dispone la norma que regula esta materia.
2.5 La sola presentación de la oferta se entiende como la manifestación de voluntad de contratar con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico, a las condiciones definidas por la Administración y cumplir con las obligaciones de la seguridad social, lo cual deberá mantener durante la ejecución del contrato.
2.6 La literatura técnica y demás documentación que dé soporte a la propuesta constituirán parte integral de la oferta. En caso de contradicción entre distintos extremos de la propuesta prevalecerá el que mejor se ajuste al pliego de condiciones.
2.7 Una persona física o jurídica únicamente podrá figurar para un mismo concurso en una oferta ya sea como subcontratista, oferente individual o participar de forma conjunta o consorciada. La condición anterior también resultará aplicable a las personas físicas o jurídicas que conformen un mismo grupo de interés económico.
2.8 La oferta deberá ser redactada en idioma español. La literatura técnica complementaria y los manuales de uso expedidos por el fabricante se podrán presentar en idioma español o inglés. En este último caso deberá ser acompañada con la traducción libre de su texto.
En casos excepcionales, cuando así se establezca en las Condiciones Particulares se podrá utilizar, además del español, cualquier otro de los idiomas oficiales a nivel de Naciones Unidas, con una traducción libre de su texto.
2.9 Con el sólo sometimiento de la oferta en tiempo se entiende aceptado el plazo de vigencia de la oferta establecido en el pliego de condiciones. Una vez ingresada la oferta al Sistema Digital Unificado-SICOP o bien cuando corresponda presentarla fuera de línea, no podrá ser modificada ni retirada.
2.10 Si una oferta presenta dos manifestaciones contradictorias se tendrá como válida la que mejor se ajuste al pliego de condiciones.
2.11 Con la oferta se presentará la estructura de precios, tanto en valores porcentuales y absolutos.
3. OFERTA BASE Y OFERTAS ALTERNATIVA:
-
Ofertas base: Todo oferente deberá presentar una oferta base que responda al llamado de la Administración.
-
Ofertas alternativas: Para que sea procedente la presentación de una oferta alternativa que responde a una solución distinta a la propuesta de la Administración, tal posibilidad deberá estar contemplada en el pliego de condiciones y la oferta base deberá cumplir todos los extremos de lo requerido por la Administración para que sea procedente su adjudicación. El pliego de condiciones puede limitar la cantidad de ofertas alternativas que aceptará de un mismo oferente. Cualquier alternativa a la oferta base ganadora, podrá ser adjudicada, en el tanto la Administración acredite en el expediente las razones de su decisión, ésta no contravenga el interés público ni institucional y existan fondos suficientes para cubrir la erogación.
-
Ofertas en conjunto: En el pliego de condiciones la Administración podrá habilitar la presentación de ofertas en conjunto cuando esto responda a la adecuada satisfacción del interés público. Este supuesto aplica cuando dos o más oferentes se unen para cotizar, respondiendo cada quien, por su parte, y en caso de que la diferenciación de responsabilidades no pueda realizarse, se entiende que ambos responden solidariamente por la totalidad del contrato.
-
Ofertas en consorcio: Dos o más oferentes podrán participar presentando una oferta en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, con el objetivo de cumplir y fortalecer los requisitos dispuestos por la Administración en el pliego de condiciones. La responsabilidad derivada de la participación consorcial es solidaria.
4. DECLARACIONES JURADAS:
Con la oferta se deberán presentar las siguientes declaraciones juradas:
-
Que no le afectan las prohibiciones impuestas en el Capítulo del Régimen de Prohibiciones de la Ley No.9986, Ley General de Contratación Pública.
-
Que, en caso de encontrarse en alguno de los supuestos de prohibición regulados en los incisos j) y k) del artículo 28 de la Ley 9986, cumple con alguno de los supuestos de desafectación establecidos en el artículo 30 de Ley 9986.
-
Que conocen y aceptan implementar y cumplir las políticas ambientales de la Institución vigentes en Costa Rica, aprobadas por el Consejo Directivo en Sesión Nº 5388 del 19 de marzo del 2002.
-
Que en la construcción de obras o prestación de servicios al ICE hará del conocimiento del personal y vigilará porque se cumpla la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia, así como su Reglamento.
-
Que se encuentra libre de trabajo infantil, y que en el caso de la contratación de adolescentes cumple con lo establecido en el Régimen Especial de Protección al Adolescente Trabajador del Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 7739) y en la Prohibición del Trabajo Peligroso e Insalubre para Personas Adolescentes Trabajadoras (Ley 8922).
-
Que acatará las disposiciones normativas en materia de Salud Ocupacional y las políticas que dicte el ICE al respecto.
-
Que acepta y cumple con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional para Elaboración del Cartel de Contratación de Obras y Servicios y el Control de Cumplimiento de las Cláusulas Cartelarias y Contractuales Código 32.04.002.2008, que está disponible en la página Web que utilice la Proveeduría del ICE.
-
Que cumplen estrictamente con las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores y que el contrato que se llegue a suscribir entre las partes no generará responsabilidad alguna para el ICE, en cuanto a dichos rubros.
En todos los concursos en que se presenten sus propuestas, los oferentes y subcontratistas deberán manifestar expresamente en su oferta que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba