Donaciones a la Catedral

El artículo 2 de la Ley 7266 de 11 de noviembre de 1991, dispone que las empresas privadas que contribuyan a los fines de la 'Fundación para la Restauración de la Catedral Metropolitana y otros templos y monumentos católicos', podrán deducir su donación del monto total del impuesto sobre la renta, por una sola vez, en el periodo fiscal respectivo, a diferencia de las donaciones a instituciones públicas o a asociaciones autorizadas por la Dirección General de Tributación (DGT), cuya donación es deducible de la base imponible para el cálculo del impuesto sobre la renta. Sin embargo, un interesante criterio institucional de la DGT, vigente a partir del 17 de abril, niega esa posibilidad de aplicar como crédito del impuesto las donaciones a esa fundación.En el criterio, la Administración tributaria manifiesta que las deducciones tributarias establecidas en la Ley 7266 pretendían solucionar un problema que afectó a la...

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