Editorial: La adhesión de Costa Rica a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías: un retador paso hacia el desarrollo del comercio internacional costarricense

AutorÉdgar E. Méndez Zamora
CargoDirector
Páginas6-16
6!
VI Edición, I se mestre 2017
El pasado 12 de enero de 2017, la Asamblea Legis-
lativa de Costa Rica aprobó en segundo debate el
proyecto de ley número 18121, que potencialmente
tendría un significativo impacto en el comercio in-
ternacional de nuestro país. La ahora ley de la re-
pública número 9421 trata de la aprobación de la
de Mercaderías (en lo sucesivo “la Convención” o
CISG”, por sus siglas en inglés), la cual entrará a
regir doce meses y un día después de su depósito.1
La CISG es uno de los tratados de derecho comer-
cial internacional más exitosos de la historia;2 ac-
tualmente cuenta con 85 Estados signatarios.3 Es un
compendio de normas de derecho sustantivo que
regula temas de fondo de particular importancia y
recurrencia en la materia, tales como la formación
!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
1. Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho
Internacional Mercantil. “Convención de las Naciones Unidas
sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercade-
rías” Viena, 1980, art. 99 (2).
2. Clayton P . Gillette y Steven D. Walt, The UN
Convention on Contracts for the International Sale of Goods:
Theory and Practice, (Nueva York: Cambridge University
Press, 2016), 50 (loc. 1805)
3. “Chronological table of actions United Nations
The United Nations Commission on International Trade Law,
consultado el 22 de abril de 2017, http://www.uncitral.org/un-
citral/en/uncitral_texts/sale_goods/1980CISG_status_chron-
ological.html
!
!
EDITORIAL
La adhesión de Costa Rica a la Convención de las
internacional costarricense
Édgar E. Méndez Zamora
Director

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR