Establece las condiciones del Financiamiento para los Gastos de Formalización del Bono Familiar de Vivienda, de 5 de Marzo de 2015

EmisorBanco Hipotecario de la Vivienda

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA

La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda, en su sesión 11-2015 del 05 de marzo de 2015, tomó el acuerdo N° 5 que indica lo siguiente:

"ACUERDO N° 5:

Considerando:

I.-Que por medio del oficio GG-OF-0152-2015/SO-OF-0077-2015 del 2 de marzo del 2015, la Gerencia General y la Subgerencia de Operaciones someten a la consideración de esta Junta Directiva, una propuesta para establecer las condiciones del financiamiento para los gastos de formalización del Bono Familiar de Vivienda, en casos tramitados al amparo del artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

II.-Que para justificar dicha propuesta, la Gerencia General y la Subgerencia de Operaciones Administración señalan, en lo conducente, lo siguiente:

.De acuerdo a la definición de la población meta para el Bono Familiar de Vivienda a través del Artículo 59 de la Ley 7052, podrán optar por dicho subsidio: "Las familias que, entre sus miembros, cuenten con una o más personas con discapacidad total y permanente, y cuyos ingresos sean iguales o inferiores a un salario y medio mínimo de un obrero no especializado de la industria de la construcción (.)".

No obstante lo anterior, actualmente los gastos de formalización se calculan utilizando la metodología de Línea de Pobreza, establecida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). Dicha metodología se utiliza para realizar estimaciones de la población que se encuentra en situación de pobreza en el país. Este es un indicador que representa el monto monetario mínimo requerido para que una persona pueda satisfacer las necesidades básicas "alimentarias y no alimentarias". Para su cálculo se requiere contar con el costo de una Canasta Básica de Alimentos (CBA) y una estimación del costo de las necesidades básicas no alimentarias, diferenciadas por zona urbana y rural del país.

El valor de esta línea de pobreza se compara con el ingreso per cápita del hogar, lo que permite clasificar a las personas y a los hogares con ingreso conocido en los siguientes niveles:

. Hogares no pobres: son aquellos hogares con un ingreso per cápita que les permite cubrir sus necesidades básicas alimentarias y no alimentarias; o sea, su ingreso per cápita es superior al valor de la línea de pobreza.

. Hogares en pobreza no extrema: son aquellos hogares que tienen un ingreso per cápita igual o inferior a la línea de pobreza pero superior al costo per cápita de la CBA o línea de...

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