Expediente N.° 19.781 No IN2016005593

Fecha de publicación04 Febrero 2016
Número de registroIN2016005593
EmisorPoder Legislativo

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Este proyecto regula el derecho que tienen las personas portadoras de enfermedades en fase terminal. La muerte es algo de lo que nadie puede escapar, pero no existe suficiente preparación para enfrentar esta etapa de la vida. Es un fenómeno que desde tiempos ancestrales es asumido por las sociedades de acuerdo con sus características culturales y ha repercutido, de forma directa y determinante, en la salud mental de sus miembros y en su visión de la vida.

Este hecho trasciende lo biológico, lo religioso, entre otros aspectos, ya que es intrínseco del ser humano, la familia y la sociedad; es permanente por lo que requiere preparación desde la niñez y en todos los órdenes de la vida, a pesar de lo cual no ocurre así y genera gran ansiedad y sufrimiento cuando acaece.

La sociedad moderna ha alejado su mirada de este problema tan fundamental; para la mayoría de las personas la muerte es objeto de temor, algo terrible, y la ausencia de vida algo hueco y vacío. Ha llegado a ser considerada, incluso, como antinatural. Este rechazo social a la muerte provoca mayor angustia individual y lejos de ser admitida como un fenómeno natural necesario se percibe como un fracaso.

En la mayoría de los países, la muerte en los hospitales es mucho más difícil en el sentido de “vivir la propia muerte” como un hecho consciente y digno. La eutanasia o el encarnizamiento terapéutico son algunos de los aspectos éticos que cada vez adquieren mayor relevancia en el proceso de morir, sobre todo cuando esto sucede en el hospital.

En Costa Rica, desde hace más de dos décadas se han ido reemplazando el abandono médico y el aislamiento emocional de la persona con enfermedad en fase terminal por los cuidados paliativos, que se traducen en el cuidado activo, personalizado, científico y compasivo, que no solo abarca el aspecto físico, sino que incluye los aspectos emocionales, sociales y espirituales del paciente y de su familia, como derecho de todo ser humano a morir en paz, con dignidad, en compañía y siendo protagonista de su propia muerte.

Este concepto se convierte en una alternativa de orden natural en la cual el paciente y su familia se encuentran en el hogar; se ofrece un plan humanitario adecuado para enfrentar el proceso y se dignifica al ser humano en su fase terminal.

En ese proceso de interiorización sobre el tema y el desarrollo de alternativas para la solidaridad social con quienes viven enfermedades terminales, es preciso crear un marco legal que regule sus derechos y los alcances de la participación pública o privada en su atención integral. De ahí que el propósito de esta ley sea asegurar atención de calidad para las personas portadoras de enfermedades en fase terminal y sus familias, acorde con sus necesidades.

Por las razones expuestas, someto a consideración de la Asamblea Legislativa el presente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA

DE COSTA RICA

DECRETA:

REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS

DE CUIDADOS PALIATIVOS

ARTÍCULO 1.- Objeto

Esta ley regula el derecho de las personas con enfermedades en fase terminal, degenerativas e irreversibles, a la atención en cuidados paliativos, con el fin de mejorar la calidad de vida, tanto de los pacientes como de sus familias, mediante un tratamiento integral para el control de síntomas producto del avance de la enfermedad, la prevención y el alivio del sufrimiento, teniendo en cuenta las necesidades de los enfermos en sus aspectos psicológicos, físicos, emocionales, sociales y espirituales, de acuerdo con las disposiciones que dicte el Ministerio de Salud como ente rector en materia de cuidados paliativos, por vía reglamentaria. El derecho a los cuidados paliativos es una obligación legal, un derecho.

ARTÍCULO 2.- Definición

De acuerdo con la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS), los cuidados paliativos son un planteamiento que mejora la calidad de vida de las personas enfermas y sus familias haciendo frente a los problemas asociados a las enfermedades con compromiso vital, por medio de la prevención y el alivio del sufrimiento, la identificación precoz y la evaluación minuciosa de los síntomas y otros problemas físicos, psicológicos y espirituales. Los cuidados paliativos son interdisciplinarios en su concepto y acción, atienden a la persona enferma, apoyan, acompañan y brindan contención a la familia durante el proceso de la enfermedad y a la comunidad. Afirman la vida y consideran el morir como un proceso natural, ni adelantan ni posponen la muerte.

Persona con enfermedad en fase terminal es quien sufre una enfermedad avanzada, progresiva e incurable, sin posibilidades razonables de respuesta al tratamiento curativo, con presencia de numerosos problemas o síntomas, con gran impacto emocional en la persona y su familia y requirente de equipo terapéutico, muy relacionado con la presencia explícita o no de la muerte y cuya expectativa de vida es limitada.

ARTÍCULO 3.- Proceso

En el proceso de cuidados paliativos, el equipo profesional tratante usará los métodos y los medicamentos a su disposición o alcance, con el objeto de mantener o mejorar la calidad de vida de la persona enferma y de su grupo familiar.

ARTÍCULO 4.-Derechos de las personas con enfermedades terminales

Quien padezca una enfermedad terminal, crónica, irreversible y degenerativa, de alto impacto en la calidad de vida, tendrá los siguientes derechos, además de los consagrados para la generalidad de los pacientes:

Derecho a recibir y dar un trato y un reconocimiento como persona digna y responsable, y no propiedad de la familia, por parte del equipo tratante de los servicios de salud, de los equipos de investigación y de acompañamiento.

Derecho a conocer la condición de salud y a que se responda con veracidad y claridad las preguntas relacionadas con los procedimientos por seguir para enfrentar su enfermedad, y que se tome en cuenta su opinión al respecto.

Derecho a llorar, a sentir, a manifestar ira y expresar miedos, temores y angustias con...

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