Fe De Errata No. IN2019407012
Fecha de publicación | 19 Noviembre 2019 |
Número de registro | IN2019407012 |
Emisor | ASAMBLEA LEGISLATIVA |
En el Alcance Digital N° 231 de La Gaceta N° 200, de 22 de octubre del 2019, se publicó la Ley N° 9746 “Reforma de la Ley N° 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores, de 17 de diciembre de 1997; Ley N° 3284, Código de Comercio, de 30 de abril de 1964; Ley N° 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, de 22 de julio de 2008; Ley N° 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, de 3 de noviembre de 1995; Ley N° 7333, Ley Orgánica del Poder Judicial, de 5 de mayo de 1993, Ley N° 7523-1, Régimen Privado de Pensiones Complementarias, de 7 de julio de 1995; y de la Ley N° 4573, Código Penal, de 4 de mayo de 1970” sancionada por el Poder Ejecutivo a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil diecinueve, la cual contiene un error en el inciso r), del artículo 11:
Donde dice:
Artículo 11.—Se adiciona el inciso r) al artículo 29 de la Ley N° 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, de 22 de julio de 2008. El texto es el siguiente:
Artículo 29.—Objetivos y funciones de la Superintendencia General de Seguros
[…]
r) Solicitar al juez penal que ordene el secuestro de documentos, correos, lugares de almacenamiento, físicos o virtuales, y sus respectivos procesadores de las personas o entidades que pudieran tener conocimiento o información relacionada con el objeto de las acciones de la Superintendencia o de la cooperación internacional de que se trate, en los términos del artículo 151 de la Ley N° 8653, Ley Reguladora del Mercado de Valores. El secuestro estará sujeto a las formalidades establecidas en la Ley N° 7425, Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos, e Intervención de las Comunicaciones, de 9 de agosto de 1994.
Debe decir:
Artículo 11.—Se adiciona el inciso r) al artículo 29 de la Ley N° 8653, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, de 22 de julio de 2008. El texto es el siguiente:
Artículo 29.—Objetivos y funciones de la Superintendencia General de Seguros
[…]
r) Solicitar al juez penal que ordene el secuestro de documentos, correos, lugares de almacenamiento, físicos o virtuales, y sus respectivos procesadores de las personas o entidades que pudieran tener conocimiento o información relacionada con el objeto de las acciones de la Superintendencia o de la cooperación internacional de que se trate, en los términos del artículo 151 de la Ley N° 7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores. El secuestro estará sujeto a las formalidades establecidas en la Ley N° 7425, Ley sobre Registro, Secuestro y Examen de Documentos, e...
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