Fijación de salarios mínimos para el sector público (Aumento salarial II semestre 2018 y I semestre del 2019 sector público), de 1 de Junio de 2018

EmisorPoder Ejecutivo

N° 41167-MTSS-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,

Y LA MINISTRA DE HACIENDA

En uso de las facultades conferidas por el artículo 140, incisos 3) y 18), y el artículo 146, ambos de la Constitución Política y el Decreto Ejecutivo N° 35730-MTSS de fecha 14 de enero del 2010;

Considerando:

  1. -Que a pesar de la existencia del Decreto Ejecutivo N° 35730-MTSS, denominado "Creación de la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público", publicado en La Gaceta N° 28 del 10 de febrero del 2010. El país atraviesa una situación fiscal agravante, y las atribuciones de negociación de dicha comisión, se encuentran limitadas a las posibilidades financieras del Poder Ejecutivo, tal y como lo establece el inciso a) del artículo 9 del decreto de cita.

  2. -Que para enfrentar el déficit fiscal estructural creciente que dificulta el financiamiento del Estado, el Gobierno de la República desde anteriores Administraciones, ha venido tomando diversas acciones en distintos campos, tales como la presentación a la corriente legislativa de una reforma integral en materia hacendaria, con iniciativas que implican por un lado modificaciones estructurales en el sistema tributario, mejorar la recaudación y la calidad en el gasto público, asimismo, en ejercicio del poder de dirección, el Poder Ejecutivo emitió Directrices con el fin de establecer medidas de contención del gasto.

  3. -Que en la actualidad, la difícil situación internacional y los riesgos asociados para nuestra economía son una razón más para continuar con los esfuerzos que realiza el Gobierno en aras de revertir el desequilibrio fiscal.

  4. -Que dada esta coyuntura, es menester crear instrumentos jurídicos que definan límites al crecimiento del gasto público, especialmente el corriente, sin que ello implique recortes sustantivos. Esta implementación en materia de disciplina fiscal, comprende crecimientos moderados del gasto, mejor gestión de los destinos específicos, integración de la gobernanza presupuestaria y prohibición de crear nuevo gasto sin su correspondiente financiamiento, todo esto, con la intención de que el gasto corriente, excluyendo el pago de intereses, no crezca más que el 85% del crecimiento del PIB nominal.

  5. -Que para enfrentar la situación antes descrita, el Gobierno de la República ha presentado iniciativas que consisten, por un lado, en modificaciones estructurales del sistema tributario, así como mejorar la recaudación y por otra parte, mejorar...

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