Sobre el formato y enlace al Marco Geodésico para la georreferenciación de levantamientos con fines catastrales, de 24 de Junio de 2021

EmisorRegistro Nacional

REGISTRO INMOBILIARIO

DIRECTRIZ DRI-002-2021

DE: MSc. Mauricio Soley Pérez

Director Registro Inmobiliario

PARA: Subdirección Catastral; Coordinador General Catastral Registral; Coordinadores de Registradores; Registradores Catastrales; Departamento Catastral Técnico, Asesoría Jurídica, Departamento de Normalización Técnica; Biblioteca Jurídica; Profesionales de la Agrimensura; Colegio de Ingenieros Topógrafos.

ASUNTO: Sobre el formato y enlace al Marco Geodésico para la georreferenciación de levantamientos con fines catastrales.

FECHA: 24 de junio del 2021.

FIRMA: Msc. Mauricio Soley Pérez.

Considerando:

I.-Que, mediante Acuerdo N° 0394-2020, tomado en la sesión N° 31-2020-TO celebrada por la Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Topógrafos, se acuerda: "Solicitar una prórroga al Registro Nacional para la entrada en vigencia de la Directriz DRI-001-2020, acción que nos permitirá no solo realizar las pruebas necesarias en el envío de la información, sino que nos permitirá seguir motivando a los profesionales a efecto de que participen en las capacitaciones que se han programado y otras que programaremos, garantizando de esta forma que este proceso cumpla con los objetivos planteados, esta prórroga sería para que la entrada en vigencia de la citada Directriz sea a partir del 01 de julio del 2021, y que se permita en envío de los archivos que voluntariamente quieran remitir los profesionales en el formato shape file y en extensión .zip.".

II.-Que la citada Directriz exige que, a partir del 01 de febrero del 2021, los profesionales de la agrimensura deben presentar los planos georreferenciados ante la Subdirección Catastral para su debida calificación e inscripción, levantamientos que deberán venir enlazados al Marco Internacional de Referencia Terrestre ITRF2008 (IGb08), para la época de medición 2014.59, proyección CRTM05.

III.-Que en la Directriz N° RIM-001-2012, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 96 de 18 de mayo del 2012, así como la Circular N° RIM-012-2012, emitida el 28 de junio del 2012, dictadas por la Dirección del Registro Inmobiliario, se establecen las condiciones técnicas que deben de cumplir los planos de agrimensura, debidamente georreferenciados.

IV.-Que de conformidad al artículo 11 del Decreto Ejecutivo N° 33797-MJ-MOPT, de Oficialización de la Red Geodésica Nacional de Referencia Horizontal CR05 y de la Proyección Transversal de Mercator para Costa Rica CRTM05, se establece que dicha Red y Proyección...

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