Reglamento de Funcionamiento de la Contraloría de Servicios de la Municipalidad de Belén, de 3 de Mayo de 2012

EmisorMunicipalidad de Belén

MUNICIPALIDAD DE BELÉN La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la Sesión Ordinaria Nº 28-2012, Artículo 12, celebrada el tres de mayo del dos mil doce, que literalmente dice:

En cumplimiento del Artículo 43 del Código Municipal y no habiendo conocido objeciones, dentro del plazo de ley, a la propuesta del Reglamento de Funcionamiento de la Contraloría de Servicios,

aprobado en el Acta 17-2012, Artículo 3, celebrada el 13 de marzo de 2012,

queda el mismo definitivamente aprobado y entra en vigencia a partir de ésta publicación.

Belén, 9 de mayo del 2012.—

MUNICIPALIDAD DE BELÉN La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la sesión ordinaria Nº 17-2012, artículo 3, celebrada el trece de marzo del dos mil doce,

para someterlo a consulta pública por un plazo de diez días hábiles a partir de tal publicación, de previo a su aprobación definitiva, que literalmente dice:

(Borrador)

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOS El Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Belén, conforme a las potestades conferidas por los artículos 4º,

inciso a), 13, incisos c) y e) y 17, incisos a) y h) del Código Municipal, Ley de Control Interno, Ley Nº 8220, Ley Nº 7600 y especialmente el Decreto Ejecutivo Nº 34687-PLAN el artículo 22.

Considerando:

© Que de los artículos 169 de la Constitución Política y 3º, 9º, 62, 64 y 147 del Código Municipal, se desprende que, a las Municipalidad le corresponde el gobierno y administración de los intereses y servicios cantonales. Así mismo buscar los medios para el cumplimiento de sus políticas,

lineamientos, planes y objetivos a fin de lograr una mayor eficiencia en sus acciones, debiendo orientar el uso de su patrimonio mediante toda clase de actos y contratos permitidos que sean idóneos para el cumplimiento de sus fines.

© Que es deber de sus servidores y servidoras prestar sus servicios con absoluta dedicación, intensidad y calidad, ejecutando sus tareas y deberes con apego a los principios de continuidad, eficiencia,

eficacia y mejoramiento continuo respetando los fundamentos legales, morales y éticos.

© Que todo usuario merece un servicio que mejore su calidad de vida, para eso se debe controlar y mejorar los servicios; que sean aplicados adecuadamente y en mejoramiento continuo en coordinación interna y externa de manera interinstitucional.

© Que uno de los principios rectores de la organización administrativa lo constituyen la coordinación que debe mediar entre todos los entes y órganos públicos al ejercer sus competencias.

© Que la Municipalidad de Belén se sujeta a los principios de continuidad, eficiencia y eficacia. El quehacer municipal está

orientado con los planes, lineamientos y políticas institucionales y por ende la Contraloría también.

© Que la Municipalidad de Belén y la Contraloría de Servicios debe velar por el cumplimiento de las normativas vigentes, en especial las leyes 8220 de la Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, ley 7600 de Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, entre otras.

Por tanto,

Se emite el presente

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

DE LA CONTRALORÍA DE SERVICIOS

DE LA MUNICIPALIDAD DE BELÉN Que se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 1º...

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