Reforma Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, de 23 de Mayo de 2013

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL La Junta Directiva acuerda modificar el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, en el siguiente orden:

En la sesión ordinaria Nº 056-2013 del 23 de mayo de 2013 Acuerda:

Agregar el inciso ‘) al artículo 6:

TÍTULO II De la Junta Directiva CAPÍTULO I De las atribuciones y obligaciones de la junta directiva Artículo 6º—Competencias de la Junta Directiva ‘) Nombrar a los miembros de la Comisión de Inversiones y del Comité de Riesgos.

En las sesiones ordinarias Nos. 081-2011 y 056-2013, del 26 de julio de 2011 y 23 de mayo de 2013, respectivamente; acuerda: Modificar el Artículo 36, para que se consigne de la siguiente manera:

TÍTULO II De la Junta Directiva CAPÍTULO VII De las comisiones permanentes y especiales Artículo 36.—De la integración e instalación. La integración de las comisiones corresponderá

definirlas al Presidente de la Junta Directiva, a excepción de la Comisión de Inversiones y el Comité de Riesgos. El Presidente podrá integrar cualquier comisión con voz y voto. Los directores que no pertenezcan a una determinada comisión o comité

podrán asistir a las sesiones de esta, hacer uso de la palabra y presentar mociones de forma y fondo, pero no tendrán derecho a voto.

La integración de las comisiones permanentes se efectuará en las primeras sesiones inmediatas posteriores a la elección del Directorio o según corresponda, por un período anual. Las comisiones o comités especiales cuando así se requiera, conocerán única y exclusivamente de la materia sometida a su estudio por la Junta Directiva, con las facultades y competencias que ese Órgano Colegiado lo considere.

(Corregido el párrafo anterior mediante Fe de Erratas y publicada en La Gaceta N° 155 del 14 de agosto de...

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