Funcionarios judiciales pueden dar clases, pero solo gratis

Los funcionarios judiciales que imparten lecciones en alguna institución podrán continuar haciéndolo siempre y cuando sea de manera gratuita.De ello están exentos quienes den clases en las universidades, pues la Ley Orgánica del Poder Judicial contempla esa salvedad, 'siempre que el Consejo Superior las autorice y las horas lectivas que deba impartir, en horas laborales, no excedan de cinco por semana'.Ayer, la Corte Plena ratificó que, cuando no se trate de universidades, no se podrá recibir pago.Hace 15 días, ese ente determinó que los funcionarios del Poder Judicial están impedidos para dar capacitaciones que no sean en casas de enseñanza superior. Pero...

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