Implementación de la contabilidad regulatoria para el servicio público suministro de gas licuado de petróleo (GLP) destinado al consumidor final, bajo la figura de concesionarios de plantas envasadoras, de 13 de Octubre de 2020

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

INTENDENCIA DE ENERGÍA

RE-0092-IE-2020 DEL 13 DE OCTUBRE DE 2020

IMPLEMENTACIÓN DE LA CONTABILIDAD REGULATORIA PARA EL

SERVICIO PÚBLICO SUMINISTRO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO (GLP)

DESTINADO AL CONSUMIDOR FINAL, BAJO LA FIGURA DE

CONCESIONARIOS DE PLANTAS ENVASADORAS.

OT-212-2016

RESULTANDO:

I. Que el 1 de agosto de 2012, mediante acuerdo 04-63-2012 de la Junta Directiva de Aresep de la Sesión Ordinaria número 63-2012, ese órgano instruyó evaluar el dimensionamiento que pueda tener el proyecto de implementación de mejora de la contabilidad regulatoria, específicamente, la elaboración de un catálogo de cuentas que permita homogenizar la terminología e información contable que se presenta al ente regulador.

II. Que el 25 de octubre de 2012, mediante oficio conjunto 1181-DEN-2012/112787, 419-DIAA-2012 y 1186-DITRA-2012/112811, se procedió a analizar el dimensionamiento que pueda tener el proyecto de implementación de la contabilidad regulatoria en las direcciones técnicas.

III. Que el 14 de noviembre de 2012, mediante el acuerdo 07-93-2012 de la Sesión Ordinaria número 93-2012 de la Junta Directiva, ese órgano solicitó una propuesta para la elaboración de un catálogo de cuentas de contabilidad regulatoria.

IV. Que el 13 de diciembre del 2012, mediante el acuerdo 04-102-2012 de la Junta Directiva, autoriza a las Intendencias de Energía, de Aguas y Saneamiento y de Transporte, que lleven a cabo el proceso de elaboración de un catálogo de cuentas de contabilidad regulatoria, de conformidad con las etapas de implementación expuestas en oficio 053-IE-2012/134-IT2012/054-IA-2012.

V. Que el 30 de junio de 2013 y el 12 de setiembre de 2013, mediante oficios 886-IE-2013/707-IT-2013 y 1483-IE-2013 respectivamente, se planteó a la Junta Directiva de Aresep la estrategia de implementación de la contabilidad regulatoria para los servicios regulados por la Intendencia de Energía (IE). Dicha propuesta incluyó la necesidad de contratar un equipo consultor experto en la materia para formular e implementar el proyecto, así como la realización de un plan piloto en uno de los servicios a cargo de las Intendencias, en este caso la distribución de electricidad siendo una de las razones para esa recomendación la experiencia internacional encontrada en la aplicación de la contabilidad regulatoria en ese sector y que ayudaría a crear conocimiento interno para su implementación en el resto de los sectores regulados por estas dos Intendencias.

VI. Que durante los años 2014 y 2015 se realizaron ambos: la capacitación técnica sobre Contabilidad Regulatoria y la contratación administrativa a la empresa Quantum S.A. (mediante licitación No 2014LA-000004-ARESEP) para revisar, analizar y validar la implementación de un sistema unificado de contabilidad regulatoria para las empresas públicas, municipales y cooperativas de electrificación rural.

VII. Que el 23 de junio de 2016, mediante el acuerdo 03-34-2016, de la Sesión Ordinaria 34-2016, la Junta Directiva aprobó el direccionamiento estratégico institucional dentro del cual se definió como Objetivo Estratégico 3 "Diseñar, actualizar e implementar instrumentos de regulación basados en principios de regulación y de políticas públicas; que incorporen criterios de calidad (acceso, cantidad, oportunidad, continuidad y confiabilidad), costos, innovación, equidad, bienestar social, sostenibilidad ambiental e incentivos a la eficiencia para la innovación".

VIII. Que el 28 de junio de 2016, mediante resolución RIE-068-2016, se implementó la Contabilidad Regulatoria para el suministro de electricidad prestado por las empresas públicas, municipales y cooperativas de electrificación rural. Y al mes de marzo 2017, las empresas indicadas presentaron los cierres contables con corte diciembre 2016 con los formatos que dicha resolución estableció y a la fecha se ha estado presentando información periódica conforme a lo dispuesto.

IX. Que el 6 de diciembre de 2016, mediante oficio 1159-DGAJR-2016, la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria recomendó que en el caso de la implementación del sistema de contabilidad regulatoria: "(.) debe de consultarse a las entidades descentralizadas y a las representativas de intereses de carácter general o corporativo que puedan verse afectadas, previsto y regulado en el artículo 361 de la LGAP (.)"

X. Que el 7 de febrero de 2017, mediante resolución RJD-045-2017, la Junta Directiva de Aresep resolvió, entre otras cosas, "Instruir a la Administración para implementar las medidas adicionales que se incluyen en el plan de acción y mejora regulatoria propuesto en el informe remitido mediante el oficio 948-RG-2016 en relación con: contabilidad regulatoria [...]".

XI. Que el 23 de marzo de 2017, mediante la Resolución RRG-091-2017 del Regulador General, se establecieron los lineamientos para la estandarización de la implementación de la contabilidad a nivel institucional, en los cuales se instruye a las Intendencias, entre otras cosas, a realizar una consulta pública para discutir los formatos uniformes de contabilidad regulatoria de cada servicio regulado.

XII. Que el 3 de mayo de 2017 se realizó una presentación introductoria teórica de la Contabilidad Regulatoria a los representantes de las plantas envasadoras, el material presentado y las listas de asistencia se encuentran en el OT-212-2016 (folios del 14 al 34).

XIII. Que el 2 de junio de 2017, mediante oficios 732 a 735-IE-2017 se solicitó información general administrativa y contable a las 4 empresas plantas envasadoras con concesión a esa fecha, la cual constituyó información base para realizar el diagnóstico. (folios del 35 al 45).

XIV. Que el 2 de marzo de 2018 mediante oficios del 260 a 263-IE-2018, se remitió el primer borrador de plan de cuentas a las empresas para la recepción de observaciones. De las observaciones que se recibieron en su mayoría estaban referidas a homologación de cuentas específicas y segregaciones de las actividades. (folios 129 al 148).

XV. Que el 17 de mayo de 2018 se publica en el Alcance 103 a La Gaceta 86, el Reglamento General para la Regulación del Suministro de Gas Licuado de Petróleo (GLP), a través del Decreto Ejecutivo 41150-MINAE-S, cuyo objetivo es Regular la cadena de suministro del gas licuado de petróleo como mecanismo para garantizar el abastecimiento al usuario final, la protección ambiental y la seguridad de las personas. Por lo que se tuvo que replantear el plan de cuentas consultado a las empresas mediante oficios del 260 a 263-IE-2018.

XVI. Que el 17 de diciembre de 2018, mediante la resolución RE-0113-IE-2018, se establece la simplificación y estandarización de información regulatoria para el servicio de suministro de gas licuado de petróleo (GLP) destinados al consumidor final, bajo la figura de concesionarios de plantas envasadoras y Recope en su actividad de distribución al mayoreo.

XVII. Que el 18 de diciembre de 2019, mediante oficio OF-1435-IE-2019, se solicitó a la empresa Flame Fuel Technology Corporation S.A la información general para diagnóstico, dado a que esta empresa obtuvo concesión de planta envasadora en mayo de 2018, por lo que en los oficios anteriormente enviados al sector no se había incluido a esta empresa. (folio 149 al 150).

XVIII. Que el 25 de mayo de 2020, mediante oficios OF-0503-IE-2020 al OF-0508-IE-2020 se remitió a las empresas la segunda propuesta de plan y manual de cuentas para la recepción de observaciones de las empresas, en virtud de que el Decreto 41150-MINAE-S, estableció nuevas condiciones de prestación del servicio, entre las cuales se encuentran la delimitación de las actividades económicas de la cadena de suministro de gas licuado de petróleo y establecimiento como concesionarios a los operadores de las plantas envasadoras, pudiendo los mismos también ejecutar varias actividades de la cadena de suministro. Al respecto se recibió una observación orientada a la homologación de cuentas comunes entre actividades (folio 184 al 198).

XIX. Que el 29 de junio de 2020 mediante el OF-0661-IE-2020, la IE remitió respuesta a la solicitud de prórroga para remitir observaciones a la propuesta y de reunión para la atención de consultas sobre la propuesta enviada por las empresas Gas Nacional Zeta S.A, 3-101-622925 S.A y Gas Tomza de Costa Rica S.A , en el cual se indica que se les otorga la prórroga y se les extiende la respectiva convocatoria a una sesión para generar un espacio de diálogo sobre el proceso de implementación de la contabilidad regulatoria (folios 211 y 212).

XX. Que el 6 de agosto de 2020 se efectuó la reunión solicitada por las empresas Gas Nacional Zeta S.A, 3-101-622925 S.A y Gas Tomza de Costa Rica S.A, en la cual se realizó una presentación sobre el proceso de implementación de la contabilidad regulatoria, se aclararon consultas y se recibió una observación sobre la codificación de las cuentas, enfocada en otorgar un código único a cada cuenta entre todas las actividades, esto consta en la minuta de la reunión que se encuentra en el expediente respectivo (folio 214 y 215).

XXI. Que el 9 de setiembre de 2020, mediante la RE-0084-IE-2020, se establece la definición y separación de actividades de la cadena de suministro de gas licuado de petróleo (GLP), para la presentación de los estados financieros consolidados y segregados por actividad de suministro de gas licuado de petróleo (GLP) y otros servicios no regulados (folio 217 y 227).

XXII. Que se realizó el diagnóstico del sector donde se detalla la situación actual respecto a la presentación a esta Autoridad Reguladora de información administrativa y contable-financiera, el cual corre agregado a folios en el expediente OT-212-2016.

XXIII. Que el 15 de setiembre de 2020, mediante el informe IN-0149-IE-2020, la Intendencia de Energía recomendó establecer y someter a consulta pública la propuesta de contabilidad regulatoria, que se compone del Manual de Cuentas Regulatorio, Plan de Cuentas...

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