Impuesto a sociedades entrará a regir el próximo 1 de abril

La Ley de Impuesto a Sociedades Jurídicas (número 9024) entrará en vigencia a partir del 1° de abril del presente año, a pesar de presentar inconsistencias en su redacción y dejar aspectos claves a la libre interpretación, a la espera del reglamento .La nueva legislación fue publicada en el diario oficial La Gaceta, el pasado martes 27 de diciembre. Descargue el documento completo de la Ley (Alcance Digital N° 111 - A / Gaceta No. 249).Gravará a las sociedades mercantiles, las representantes de personas jurídicas extranjeras y las empresas individuales de responsabilidad limitada, activas ante Tributación Directa, con el 50% del salario base mensual del Auxiliar Administrativo 1 del Poder Judicial).Para el 2012 ese salario se estableció en la suma mensual de ¢360.600, por lo que correspondería pagar la suma de ¢180.300. Sin embargo, el cobro será proporcional a la entrada en vigencia esperada para abril, lo cual supondría la suma de ¢135.225, que deberán cancelarse en los treinta días del mes.En tanto, las sociedades inscritas pero inactivas deberán pagar un importe equivalente de ¢67.612,50 (un 25% del salario base mensual mencionado).Las sociedades contarán con tres meses a partir del 1 de abril para ser disueltas sin pagar el impuesto. Si posee muchas inactivas, y las quiere fundir en una sola, la ley establece otro transitorio de seis meses (vea más detalles en el recuadro adjunto).Sin embargo, expertos consultados por EF advierten sobre inconsistencias que deberán ser resueltas en el reglamento; por ejemplo, si los bienes de un represente legal de la sociedad pueden ser embargados; la definición de sociedades activas e inactivas; y si este tributo será deducible del impuesto sobre la renta.InconsistenciasSe consultó al departamento de prensa del Ministerio de Hacienda sobre el avance en la redacción de este documento; sin embargo, no emitieron respuesta a la fecha de cierre de esta información.Diego Salto, socio...

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