Deroga acuerdo SGV-A-40 'Guía para la Elaboración del Informe Complementario de los Auditores Externos que Brinde sus Servicios a los Emisores de Valores y Sujetos Fiscalizados por la Superintendencias General de Valores', de 1 de Agosto de 2012

EmisorSuperintendencia General de Valores

La Superintendencia General de Valores de conformidad con lo establecido en la Ley 8220 ÓProtección del ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos” publica el siguiente acuerdo:

SGV-A-181. Superintendencia General de Valores. Despacho del Superintendente. A las nueve horas del primero de agosto del dos mil doce.

Considerando que:

  1. Mediante artículo 4º del acta de la sesión 129-99 celebrada el 7 de diciembre de 1999,

    el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó el Reglamento sobre Normativa relativa a las auditorías externas de los sujetos fiscalizados por la Superintendencia General de Entidades Financieras, la Superintendencia General de Valores y la Superintendencia de Pensiones.

  2. El artículo 14 de dicho Reglamento disponía la presentación de un informe complementario a los estados financieros auditados que contenía como mínimo la evaluación del auditor sobre el cumplimiento de la normativa legal aplicable al sector financiero, la necesidad de ajustes a los estados financieros intermedios remitidos a la Superintendencia, los mecanismos de control interno y la evaluación de los sistemas automatizados. Así mismo, dicho artículo otorgaba al Superintendente respectivo, la potestad de emitir una guía para la elaboración de este informe. En este sentido, la Superintendencia General de Valores aprobó el 28 de setiembre del 2003 el Acuerdo SGV-A-40 ÓGuía para la elaboración del Informe Complementario de los Auditores Externos que brinden sus servicios a los Emisores de Valores y sujetos fiscalizados por la Superintendencia General de Valores”, en el cual se establecieron las instrucciones generales que debían acatar los auditores externos para la elaboración del informe complementarios exigido en el Reglamento.

  3. Mediante Artículo 13 del Acta de la Sesión 893-2010 celebrada el 3 de diciembre de 2010, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó la reforma y nuevo ÓReglamento de Auditores Externos aplicable a los sujetos fiscalizados por SUGEF, SUGEVAL, SUPEN y SUGESE”, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 248 del 22 de diciembre del 2010.

  4. En dicho Reglamento se sustituye la obligatoriedad por parte de los Auditores Externos de emitir un informe complementario de acuerdo con el contenido que definieron las Superintendencias por acuerdo de alcance general, por la...

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