Instructivo para la adquisición de medicamentos, implementos médicos e instrumental médico quirúrgico para el Instituto Nacional de Seguros, de 27 de Enero de 2015

EmisorInstituto Nacional de Seguros

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

INSTRUCTIVO PARA LA ADQUISICIÓN MEDICAMENTOS,

IMPLEMENTOS MÉDICOS E INSTRUMENTAL MÉDICO

QUIRÚRGICO PARA EL INSTITUTO NACIONAL

DE SEGUROS

  1. -Objeto: El presente Instructivo regula las relaciones contractuales entre el Instituto Nacional de Seguros y las personas físicas o jurídicas que se autoricen como proveedores de medicamentos, implementos médicos y/o instrumental quirúrgico.

    Las contrataciones que el Instituto a través del Departamento de Proveeduría (en adelante Proveeduría) llegue a celebrar al amparo de este marco normativo, se sustentan en las autorizaciones que para tales efectos otorgó la Contraloría General de la Republica por medio del oficio Nº 11451 (DJ-1905-2009) del 4 de noviembre 2009 y las prórrogas concedidas en los oficios N° 10720 (DCA- 453) del 3 de noviembre 2013, N° 12314 (DCA-2744) del 15 de noviembre 2012 y N° 13462 (DCA-3231) del 4 de diciembre 2014, mismas que fueron solicitadas por el Instituto con fundamento en lo que establece los artículos 2 bis inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y 138 de su Reglamento.

  2. -Alcance: El presente instructivo se aplicará por parte de Proveeduría del Instituto (Órgano encargado de guiar el proceso y verificar aspectos formales) para la adquisición de medicamentos, implementos médicos y/o instrumental quirúrgico, Departamento ante el cual el interesado podrá plantear consultas u observaciones.

    Las necesidades serán planteadas por las Unidades Usuarias, sea la División Médica o cualquier otra Sede, Dependencia o Instancia del INS que así lo requiera.

  3. -Principios: Todas las contrataciones que se realicen al amparo de Instructivo deberán observar los principios de eficiencia, eficacia, publicidad, libre competencia, igualdad, buena fe e intangibilidad patrimonial según se define en la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento.

  4. -Invitación para inscribirse en el Registro: El Departamento de Proveeduría, cursará invitación pública y abierta a todos los proveedores de medicamentos, implementos y/o instrumental médico quirúrgico, (sean personas físicas o jurídicas) de manera que se encuentren debidamente acreditados en forma integral y particular para que se inscriban en un Registro que se conformará por cada línea de productos, sea Medicamentos (ME), Implementos Médicos (IM) e Instrumental Quirúrgico (IQ), siendo que en cada caso los interesados deberán indicar para qué producto específicamente se inscriben. Dicho registro se conformará para la aplicación de este instructivo a fin de que puedan participar en los procesos de contratación administrativa que se rigen por el mismo.

    Dicho registro será el punto de inicio para poder participar en cualquier proceso derivado de este instructivo. Proveeduría realizará la invitación a inscribirse por medio de dos avisos publicados en dos diarios de circulación nacional, el Diario Oficial La Gaceta, mediante la página Web del INS (www.ins-cr.com) e invitación directa.

    La invitación a inscribirse se realizará al menos una vez al año, sin embargo, queda abierta la posibilidad de que cualquier proveedor interesado se inscriba en el registro en cualquier momento que lo solicite.

    La Administración se reserva el derecho de realizar una Audiencia con los Proveedores que se registren a efecto de explicar la mecánica del presente proceso y estimular su participación.

  5. -Información del Registro. Los interesados deberán presentar su solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada, ante el Departamento Proveeduría del Instituto, ubicado en el octavo piso del edificio central.

    El formulario a completar deberá contar como mínimo con la siguiente información:

    1. Nombre del oferente o razón social

    2. Cédula física o jurídica según corresponda (aportar copia)

    3. Persona Jurídica: Nombre completo del Representante legal

    4. Número de cédula del Representante legal (aportar copia)

    5. Dirección exacta

    6. Números de facsímil y teléfono

    7. Lugar para notificaciones

    8. Correo electrónico

    9. Indicación expresa de sometimiento a las condiciones que se establecen en este instructivo.

    10. Las personas jurídicas deberán aportar certificación original y actualizada de la personería legal y la naturaleza y propiedad de las acciones. Cuando la propiedad de las acciones esté en poder de una persona jurídica, igualmente debe indicarse la propiedad de las acciones.

    11. Sólo podrán contratar con la Administración las personas físicas o jurídicas que cuenten con plena capacidad de actuar, que no tengan impedimento por alguna de las causales de incapacidad para contratar con la Administración, para lo cual deberá aportar declaración jurada que no le alcanzan las prohibiciones que establecen los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa, que se encuentra al día impuestos nacionales y las obligaciones obrero patronales.

    12. Certificación vigente de la CCSS, en la que se indique que está al día en el pago de las cuotas obrero patronales, o que no es patrono.

    13. Detalle de los productos que ofrece según listado general de productos del Instituto. Debe indicarse claramente el código y nombre del producto, todo según la lista actualizada que se disponga para ese fin.

    14. El Oferente deberá indicar el número de cuenta cliente (SINPE 17 dígitos) y el nombre del banco en el que desea sean depositados los pagos por medio de transferencia electrónica, con la sola indicación de esa información se tomará por cierta y válida y el Oferente asumirá la responsabilidad si la información proporcionada resulta incorrecta.

    15. Detalle de funcionarios que podrán suscribir las ofertas en nombre del Oferente (nombre y número de cédula - aportar copia). Para este efecto debe presentar un poder especial o documento legal que faculte expresamente a cada persona para que pueda, en nombre suyo, mejorar los precios en el momento de apertura de las ofertas. En caso de sustitución de la persona, se deberá presentar el respectivo poder o documento legal que le faculte para actuar en nombre del Oferente.

    16. Los oferentes deberán aportar, entre otros, los siguientes requisitos:

    A- Para medicamentos

    . Certificado vigente extendido por el Ministerio de Salud del Permiso de Funcionamiento y/o droguería y/o Habilitación, (Importación, fabricación y distribución de medicamentos).

    . Certificado del Permiso de Regencia vigente.

    . Registros Sanitarios de Productos, vigente.

    . Estudios de bioequivalencia cuando lo requiera la...

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