JUNTA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO TENDIENTE A LA APLICACIÓN DE APERCIBIMIENTO EXPEDIENTE N° 13-2018 RESOLUCIÓN N° JADGME-OD-013-07-2019 PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Fecha de publicación06 Agosto 2019
Número de registroIN2019367887
EmisorGOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL

DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ORDINARIO

TENDIENTE A LA APLICACIÓN DE APERCIBIMIENTO

EXPEDIENTE 13-2018

RESOLUCIÓN JADGME-OD-013-07-2019

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Empresa: Soltec Sociedad Anónima.—Cédula 3-101-556966.—Concursos: 2018CD-000006-20300.—Objeto contractual: Compra de materiales y productos eléctricos

Órgano Director del Procedimiento Administrativo. Al ser las siete horas con cuarenta minutos del treinta de julio de dos mil diecinueve.

Quien suscribe Agustín Bernardo Barquero Acosta, cédula de identidad 1-482-463, en calidad de Secretario de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, nombrado como Órgano Director en el presente procedimiento administrativo, mediante acuerdo número 8 de la sesión ordinaria número 33 de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, celebrada el 04 de setiembre de 2018, de conformidad con los artículos número 11, 39 y 41 de la Constitución Política; artículos 1, 3, párrafo primero, 10, 20, 93, 99 inciso a) y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa; numerales 2, 4, 6, 220, 221 y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y artículos 11, 214, 215, 217, 220, 221, 308, 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318 y 319 y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y demás obligaciones que impone a esta Institución el Ordenamiento Jurídico, procedemos a dictar, Acto Formal de Apertura de Procedimiento Administrativo Ordinario para la Aplicación de la Sanción de Apercibimiento, por el supuesto incumplimiento al entregar de forma tardía los siguientes productos:

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Dichos productos fueron adjudicados a: Soltec Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil novecientos sesenta y seis, cuya representación legal recae en Ibis Efren Mendoza Salgado, con número de identificación: 155803056210, en su condición de apoderado generalísimo, según consta en el Registro de Proveedores del sistema SICOP.

I.—Antecedentes.

Primero: La Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería promovió la contratación directa 2018LN-000006-0008700001 “Compra de Materiales y Productos Eléctricos” (expediente visible en el Sistema SICOP).

Segundo: Que en la mencionada contratación resultó adjudicataria Soltec Sociedad Anónima, según consta en el acto de adjudicación 0252018004900011, que corresponde a la contratación directa 2018CD-000006-0008700001 “Compra de Materiales y Productos Eléctricos” (visible en el expediente digital 2018CD-000006-0008700001 Sistema SICOP).

Tercero: Que la contratación directa de marras, en el apartado de condiciones y declaraciones del pliego de condiciones estableció lo siguiente:

“(…)

06-Declaraciones Juradas:

Que entiendo, cumpliré y me someto por completo al pliego de condiciones y a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes de conformidad con el artículo 66 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

(...)

48-Obligaciones del contratista, obligaciones generales:

El contratista será responsable por cumplir con lo indicado en el pliego de condiciones, la oferta, la adjudicación y con las condiciones de la aprobación interna o refrendo contralor (si aplicara) y toda la demás normativa indicada en la Ley de Contratación Administrativa 7494 del 02 de mayo de 1995, sus Reformas y su Reglamento mediante Decreto Ejecutivo 33411-H publicada en La Gaceta 210 del 02 de noviembre del 2006 y sus reformas. El Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, emitido por la Contraloría General de la República publicada en La Gaceta 202 del 22 de octubre del 2007 y sus reformas, así como la resolución publicada anualmente en La Gaceta por el Despacho del Contralor General que actualiza los limites generales y específicos de contratación administrativa según los artículos 27 y 84 de la Ley de Contratación Administrativa.

Cumplir con el pliego de condiciones y cualquier otra manifestación escrita existente, relacionadas con esta contratación. Para lo no regulado en el presente concurso, el contratista asumirá todas las obligaciones que le imponen la legislación vigente, la oferta, el pedido de compra, contrato y todos los documentos relativos al presente trámite. Asimismo, el contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 10, 11, 12, 13, 14, 17, 18, 20, 21, siguientes y concordantes de la Ley de la Contratación Administrativa y demás normativas que rige la materia de Contratación Administrativa.

(...)”

Cuarto: Constan en el expediente creado a efectos del presente procedimiento la siguiente documentación:

Oficio JAD-594-09-18, de fecha 05 de setiembre de 2018, mediante el cual se comunica el acuerdo 8, de la sesión ordinaria de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería 33, celebrada por ese cuerpo colegiado en día 04 de setiembre de 2018. (Ver folio 000001 del expediente administrativo).

Oficio OYM-103-08-2018 de fecha 23 de agosto de 2018, el cual solicita la apertura del presente procedimiento por supuesto incumplimiento por parte de Soltec Sociedad Anónima, (ver folio 000002 del expediente administrativo).

Acta de rechazo de producto. (ver folio 000003 del expediente administrativo).

Correo electrónico remitido por el señor Johnny Fernández Sequeira, funcionario de la Unidad de Obras y Mejoras de la Dirección General de Migración y Extranjería, solicitando a la empresa Soltec Sociedad Anónima informe se indique lo antes posible la fecha de entrega de los productos contratados, pues en reiteradas ocasiones se ha intentado comunicarse con algún encargado de la empresa a fin de obtener información y no ha sido posible. (ver folio 000004 del expediente administrativo).

Colilla de confirmación de transmisión de fax, de fecha 30 de julio (ver folio 000005 del expediente administrativo).

Nota de la empresa Soltec Sociedad Anónima, firmada el día 06 de agosto de 2018 por el señor Ibis Efren Mendoza Salgado, solicitándole a la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería una prórroga en el plazo de entrega.

Correo electrónico suscrito por el Arquitecto, Minor Quesada Alpízar, en el cual vuelve a solicitar información sobre la fecha de la entrega de los productos contratados y les recuerda que igualmente ya incumplieron con el plazo de entrega originalmente pactado, esto en cuanto a la solicitud de prórroga antes indicada (ver folio 000007 de expediente administrativo).

Oficio OYM-108-09-2018 de fecha 10 de setiembre de 2018, en el cual se indica por parte del Arq. Minor Quesada, Encargado de la Unidad de Obras y Mejoras que la empresa Soltec Sociedad Anónima (ver folio 000008 del expediente administrativo).

Oficio JAD-792-11-18 de fecha 16 de noviembre de 2018, en el cual se comunica el acuerdo 3 de la sesión extraordinaria 46, celebrada por la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería el día 16 de noviembre de 2018, en el cual se acuerda iniciar el presente procedimiento administrativo de forma manual (ver folio 000009 de expediente administrativo).

Oficio JADGME-OD33-12-2018 de fecha 14 de diciembre de 2018, mediante el cual se solicita a la Unidad de Obras y Mejoras la documentación de respaldo del oficio OYME-108-09-2018, antes citado (ver folio 000010 del expediente administrativo).

Oficio OYM-179-12-2018 de fecha 19 de diciembre de 2018, en el cual se aporta la factura 37033 y recepción definitiva 2819 de los materiales contratados (ver folio 000011 del expediente administrativo).

Boleta de recepción definitiva 2819 (ver folio 000012 del expediente administrativo).

Factura 37033 emitida por la empresa Soltec Sociedad Anónima (ver folio 000013 del expediente administrativo).

Resolución JADGME-OD-02-2019 de fecha 18 de enero de 2018, que consiste en resolución de corrección de foliatura (ver folio 000014 del expediente administrativo).

Resolución JADGME-OD-003-01-2019 de las catorce horas con treinta minutos del diecinueve del enero de dos mil diecinueve, apertura de procedimiento administrativo (ver folio 000015 del expediente administrativo).

Resolución JADGME-OD-06-2019 de las catorce horas treinta minutos del veintitrés de enero de dos mil diecinueve en la cual se indica que no se pudo notificar la resolución de apertura del procedimiento antes indicada. (ver folio 000025 del expediente administrativo).

Oficio JAD-OD-12-04-2019 de fecha 03 de abril de 2019, mediante el cual se solicita el archivo del expediente administrativo (ver folio 000033 del expediente administrativo).

Acuerdo 20 de la sesión ordinaria 13, celebrada el día 09 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR