Legales: El manejo de los fondos donados por el BCIE

En los últimos tiempos ha estado en la discusión sobre el inadecuado manejo de los fondos públicos y sobre aportes recibidos del exterior como los recursos del Banco Centroamericano.

En el manejo de los fondos públicos se deberían tener presente el marco legal y especialmente el artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, que establece el principio de legalidad -por lo que en el sector público solo se puede realizar lo que el marco legal permite-; así como el artículo 66 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, que considera el principio de caja única y que determina que todos los recursos forman un fondo único.

También es pertinente el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, que define el concepto de fondos públicos.

Me llama la atención que con esas disposiciones y otras del amplio marco legal y en situaciones en las que considero ha habido un mal manejo de los fondos públicos, no se hayan establecido responsables y una adecuada rendición de cuentas.

Vacíos legales

En el caso de los recursos provenientes del exterior por donaciones o convenios, si hay vacíos legales, se debería establecer un claro marco legal que regule todo lo referente al manejo de esos recursos.

No hay tampoco, un adecuado control de gastos innecesarios en publicidad, gastos de viajes y de gastos de representación.

En el caso del Gobierno actual se recibió $1 millón del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) que se manejaron a través de un órgano externo, como la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (Unops, por sus siglas en inglés), según información publicada por los medios de comunicación.

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