Levanta el Estado de cuarentena sanitaria por Salmonella Gallinaru, a los distritos de Turrúcares y La Guácima del Cantón Central de Alajuela y Piedras Negras y Jaris del cantón de Mora de la provincia de San José, de 5 de Enero de 2017

EmisorServicio Nacional de Salud Animal

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

N° SENASA-DG-R001-2017.-Barreal de Ulloa, a las ocho horas del cinco de enero del dos mil diecisiete.

Considerando:

I.-Que la Ley General del Servicio de Salud Animal N° 8495 de 6 de abril del 2006, establece entre las competencias del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), administrar, planificar, dirigir y tomar medidas pertinentes en todo el país, para cumplir con sus servicios, programas y campañas, en materia de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de los animales.

II.-Que es competencia del SENASA promulgar y velar por la ejecución de las normas sanitarias que impidan la propagación y diseminación de las enfermedades de los animales.

III.-Que existe reporte oficial de esta Dirección General del SENASA ante la Organización Mundial de la Salud Animal (OIE) de que se han presentado casos de la enfermedad conocida como Salmonella Gallinarum.

IV.-Que la tifosis aviar es una enfermedad septicémica, no zoonótica, causada por la bacteria Salmonella Gallinarum, que afecta sobre todo a las gallinas domésticas y pavos, causando cuadros clínicos tales como anorexia, aumento de la mortalidad, pérdida de la fertilidad y descenso en la tasa de producción de huevos.

V.-Que el veintidós de agosto del año dos mil trece, mediante resolución N° SENASA-DG-R045-2013 y el catorce de abril del dos mil quince, mediante resolución N° SENASA-DG-R013-2015, el Director General del SENASA declaró estado de cuarentena sanitaria en las zonas afectadas y estableció una serie de medidas de control para prevenir la diseminación de dicha enfermedad al resto del territorio nacional.

VI.-Que en las zonas afectadas, las granjas que no presentaron casos, ejecutaron acciones de bioseguridad y de manejo para prevenir el ingreso de la enfermedad, además las granjas afectadas realizaron acciones para el control y/o erradicación de la enfermedad en sus aves.

VII.-Que el SENASA, a través del Programa Nacional de Salud Aviar estableció un plan de control de Salmonella Gallinarum el cual contempla realizar una vigilancia epidemiológica activa de esta bacteria con la finalidad de levantar la cuarentena oficial en aquellas granjas en las que no se ha detectado la enfermedad.

VIII.-Que según los análisis de laboratorio obtenidos para liberar las cuarentenas sanitarias en las granjas avícolas de contacto, vigiladas oficialmente siguiendo el plan de control de Salmonella Gallinarum del Programa Nacional de Salud Aviar...

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