LEY DE AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT PARA DESAFECTAR Y CERRAR LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE DOS TERRENOS DESTINADOS A PARQUE y A FACILIDADES COMUNALES EN LA URBANIZACIÓN PINARES

EmisorPoder Legislativo
Número de registroIN2022636003
Fecha de publicación13 Abril 2022

LEY DE AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE

CURRIDABAT PARA DESAFECTAR Y CERRAR LA

INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE DOS TERRENOS

DESTINADOS A PARQUE y A FACILIDADES

COMUNALES EN LA URBANIZACIÓN PINARES

Expediente N.° 22.976

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El presente proyecto de ley propone autorizar a la Municipalidad de Curridabat para desafectar y cerrar la inscripción de dos fincas del partido de San José, por cuanto estas fueron traspasadas, mediante escritura pública, de la Urbanizadora Freses S.A. a nombre de la Municipalidad de Curridabat, pero nunca fueron utilizadas para sus fines iniciales, correspondientes a parque y facilidades comunales pues la Urbanizadora los cambió por otros terrenos. No obstante, pese a que dicha área ya fue compensada por otros terrenos ubicados dentro de la misma urbanización, conservando incólume el fin propio de estos, ampliándose las cabidas del inmueble, recibiendo una mejora en la ubicación e infraestructura como compensación, se mantiene a nombre de la Municipalidad. Ello en virtud de que no se llevó a cabo el procedimiento necesario para su correcta desafectación en el pasado, ni ha respondido a las normas habilitadas para este fin, generando un grave perjuicio a las familias que se encuentran en posesión de estos inmuebles los cuales se encuentran inmovilizados, impidiendo así hacer un uso completo de los terrenos que han habitado durante gran cantidad de años.

Las fincas mencionadas anteriormente responden a las registradas en el partido San José, con matrículas de folio real número 401323-000, con el plano catastrado número SJ-89140-1992, destinada a parque con un área de 1921,87m 2 y la número 401324-000, con el plano catastrado número SJ-89135-1992, destinada a facilidades comunales con un área de 1517,73 m2, para un total de área de 3439,6 m2. Ambas creadas mediante escritura otorgada el 13 de enero de 1993, presentada al Diario del Registro Público bajo el Tomo 400, Asiento 4575, consecutivo 01.

Estas fueron traspasadas de la Urbanizadora Freses S.A. a la Municipalidad de Curridabat, mediante escritura pública otorgada el 25 de marzo de 1993, presentada al Diario del Registro Público el 22 de abril de 1993, mediante el tomo 402, asiento 9821 y consecutivo 01, en virtud de que los urbanizadores ofrecieron cambiar dicho terreno por otro de mayor cabida y con mejores condiciones, con una ubicación geográfica más accesible y provechosa en favor de la Municipalidad de Curridabat y de las personas vecinas de la Urbanización Pinares. En este entendido, estas fincas nunca se utilizaron como parque ni facilidades comunales ya que, aunque fue traspasado, nunca se le dio tal uso pues casi inmediatamente se solicitó el cambio de terrenos por los que actualmente se destinan a parques.

Los nuevos terrenos destinados a parque se inscribieron a nombre de la Municipalidad bajo las matrículas de folio real 435927-000 y 435928-000 y tienen una naturaleza destinada a área de parque. El primero de ellos, 435927-000 con el plano SJ-0267828-1995, presenta un área de 17,279.77 m2, destinada a parque, que colinda al norte con la línea férrea e incluye el área de protección presente por la bifurcación del río María Aguilar con quebrada Tacaco y la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 435928-000 con el plano N.º SJ-0262303-1995, presenta un área de 2.730,27 m2, destinada a parque, que incluye el área de protección del río María Aguilar, cuya sumatoria corresponde metro a metro con un área mucho mayor que la que abarcaba el parque y el área destinada a facilidades comunales que se requiere desafectar y cerrar. En la Sesión N.º 342-93 del Concejo Municipal de Curridabat, de 15 de diciembre de 1993, se acordó aprobar la modificación de la sexta etapa de Pinares, observando las características de las fincas mencionadas.

El 26 de octubre de 1995, se segregan en cabeza propia y se crean seis fincas a nombre de Urbanizadora Freses S.A.: la inscrita bajo la matrícula de folio real 439354-000 con el plano número SJ-272419-1995 con un área de 432,16 m2 ; la inscrita bajo la matrícula de folio real 439355-000 con el plano número SJ-274127-1995 con un área de 498,55 m2; la inscrita bajo la matrícula de folio real 439356-000 con el plano número SJ-274129-1995 con un área de 451,77 m2; la inscrita bajo la matrícula de folio real 439357-000 con el plano número SJ-274131-1995 con un área de 342,26 m2; la inscrita bajo la matrícula de folio real 439358-000 con el plano número SJ-274133-1995 con un área de 392,45 m2 y la inscrita bajo la matrícula de folio real 439360-000 con el plano número SJ-274135-1995 con un área de 364 m2. Estas suman un total de 2481,19 m2 y, según antecedentes históricos de las fincas, mediante escritura otorgada el 12 de abril de 1996, son vendidas por parte de la Urbanizadora Freses S.A. a la Inmobiliaria MYJ S.A.

En este mismo acto del 26 de octubre de 1995, también se segregan otros dos lotes en cabeza propia a nombre de Urbanizadora Freses S.A. creando las fincas inscritas bajo la matrícula de folio real 439361-000, con el plano número SJ-274137-1995 con un área: de 811,41 m2 y la inscrita bajo la matrícula de folio real 439363-000 con el plano número SJ-274509-1995 con un área de 199,82 m2, destinadas una para facilidades comunales y la otra a servidumbre pluvial, respectivamente. Tanto la finca inscrita bajo la matrícula de folio real número 439361-000, como la inscrita bajo la matrícula de folio real número 439363-000 se destinaron por parte de su desarrollador a facilidades comunales y servidumbre pluvial, respectivamente.

Estas ocho fincas segregadas generaron una doble titulación con las fincas segregadas en cabeza propia en la escritura del año 1995, indicadas anteriormente, que involucra la sobreposición total de 3292,6 m2 y una sobreposición parcial de 147 m2, esta última localizada en el área de la servidumbre pluvial pública. Hecho determinado al revisar los movimientos registrales históricos de las ocho fincas, donde se observaron las segregaciones realizadas a la finca madre inscrita bajo la matrícula de folio real 235979-000, cuando esta presentaba un área de 114172,33 m2, quedando con un área final de 3630,68 m2.

Mediante escritura otorgada el 21 de octubre de 1996, presentada al Diario del Registro Público al tomo 436, asiento 3508, consecutivo 00 de 04 de noviembre de 1996, Inmobiliaria MYJ S.A. realizó distintos movimientos. Entre ellos reunió, segregó y cerró las fincas en cabeza propia, formando la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 449566-000 con un área de 2481,19 m2, luego segrega siete lotes, que dan nacimiento a las fincas inscritas bajo la matrícula de folio real 449691-000 con el plano número SJ-335039-1996 con un área de 495,6 m2; la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 449692-000 con el plano número SJ-357429-1996 con un área de 459,34 m2 ; la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 449693-000 con el plano número SJ-356927-1996 con un área de 423,01 m2; la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 449694-000 con el plano número SJ354329-1996 con un área de 290,54 m2; la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 449695-000 con el plano número SJ-355726-1996 con un área de 265,28 m2; la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 450875-000 con el plano número SJ-335041-1996 con un área de 274,63 m2 y la finca inscrita bajo la matrícula de folio real 450876-000 con el plano número SJ354855-1996 con un área de 272,79 m2 y por supuesto, cerró la finca que se reunió.

De esta manera, las fincas inscritas bajo el folio real número 401323-000 y número 401324-000, donadas y traspasadas a la Municipalidad de Curridabat y posteriormente inscritas bajo las matrículas de folio real 435927-000 y 435928-000, suman un área mayor que la que abarcaba el parque y el área destinada a facilidades comunales que se requiere desafectar y cerrar. Lo cual sumado al procedimiento erróneo bajo el cual la Municipalidad de Curridabat en la Sesión N.º 342-93 del Concejo Municipal de Curridabat de 15 de diciembre de 1993, donde acordó por unanimidad y firmeza aprobar el cambio de ubicación del parque y de las facilidades comunales por otro en la misma urbanización es muestra de la necesidad de cumplir con la normativa vigente y someter a conocimiento de las diputaciones el presente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY DE AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE

CURRIDABAT PARA DESAFECTAR Y CERRAR LA

INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE DOS TERRENOS

DESTINADOS A PARQUE y A FACILIDADES

COMUNALES EN LA URBANIZACIÓN PINARES

ARTÍCULO 1- Se desafecta de su uso público de parque y facilidades comunales la propiedad inscrita en el Registro Público partido de San José matrícula número 401323-000, con el plano catastrado número SJ-89140-1992, destinada a parque con un área de 1921,87 m2 situado en el distrito tercero Sánchez, cantón dieciocho, provincia San José, que tiene naturaleza de lote destinado a parque, de la Municipalidad de Curridabat, cédula jurídica 3-014-042047, que tiene los siguientes linderos: norte: calle pública, sur: Urbanizadora Freses S.A., este: destinada iglesia Católica y oeste: lo...

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