LEY PARA LA CERTIFICACIÓN, PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL TURISMO PARA TODAS LAS PERSONAS

Fecha de publicación09 Noviembre 2022
Número de registroIN2022689724
EmisorPoder Legislativo

LEY PARA LA CERTIFICACIÓN, PROMOCIÓN

Y FOMENTO DEL TURISMO PARA TODAS

LAS PERSONAS

Expediente N° 23.385

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El presente proyecto de ley tiene como base la Declaración de Derechos Humanos donde la conquista del ocio y del turismo es estar al servicio de las personas y este debe continuar e intensificarse en la vía del turismo social, cuya primera ambición es el acceso al ocio turístico para todas las personas. El pleno desarrollo del ser humano como persona y ciudadano debe constituir el objeto esencial de toda acción del desarrollo turístico de la mano de una visión humanista que enfoca al ser humano como el principal pilar de este proceso.

La Organización Mundial del Turismo (OMT) ha explicado como el enfoque de “Turismo para todas las personas”, tiene una importante demanda dentro de la población y que sería de gran beneficio para los Estados, generar políticas públicas dirigidas a transformar el modelo turístico hacia ese enfoque, sobre esto se amplía:

Al contrario de lo que supone mucha gente, los beneficiarios de la accesibilidad no son sólo las personas con discapacidad sino cualquier persona que, durante el tiempo dedicado al turismo y la recreación, encuentran algún grado de dificultad para el acceso, uso o disfrute de estos espacios. Este puede ser el caso de personas mayores, niños, familias, mujeres embarazadas, persona con discapacidad temporal, entre otros. Es más, todas las personas seremos demandantes de entornos, productos y servicios accesibles, en mayor o menor medida, en algún momento de nuestras vidas. Esto supone una proporción más que apreciable de la sociedad. En consecuencia, un porcentaje importante de la demanda turística está quedando desatendida al no ofrecerse productos turísticos accesibles por el desconocimiento tanto de las necesidades como de los hábitos de esta demanda.[1]

El turismo para todas las personas se conforma de un nuevo enfoque que abre nichos a personas que anteriormente no viajaban o se les dificultaba esa posibilidad, lo cual demuestran varios estudios a nivel internacional que señalan la importancia que tiene para el proceso de reactivación económica de este sector

Acorde con la Organización Mundial de la Salud (OMS), más de mil millones de personas, o sea, en torno al 15% de la población mundial, tienen algún tipo de discapacidad. Este número de personas aumenta vertiginosamente, lo que se explica, entre otras causas, por las tendencias demográficas y la creciente prevalencia de dolencias crónicas. Es probable que casi todas las personas experimenten alguna forma de discapacidad –temporal o permanenteen algún momento de su vida.

Según estudios realizados por la Unión Europea, 70% de la población con discapacidad tiene capacidad económica para viajar, sobrepasando los 120 millones de turistas; convirtiéndose en clientes potenciales, que dejan ingresos en los destinos que visitan entre los 88 y 126 billones de euros por año.

El turismo accesible y adaptado ya tiene un impacto económico de más de 58 millones de dólares solo en Estados Unidos, y según la OMT el mercado potencial de las personas con discapacidad dentro de la Unión Europa es de más de 80 millones de personas, número que se eleva a 130 millones si se suma a las personas mayores y sus acompañantes.

Si ampliamos el radio de análisis, el mercado de Asia Pacífico tiene un público potencial de 690 millones de personas, mientras que el de América Latina y el Caribe alcanza los 85 millones de personas. En cuanto al gasto promedio de turistas con discapacidad durante sus vacaciones, en España es de más de 800 euros, 200 euros superior al promedio del gasto de turistas sin discapacidad.

En Alemania, el Ministerio de Economía desarrolla como la facturación directa generada por viajeros con discapacidad se estima en 2 mil millones de euros y asciende a 4,8 mil millones de euros si se incluyen sus efectos indirectos. En ese país, por ejemplo, un 37% de personas con discapacidad decidieron no viajar dada la falta de accesibilidad en las instalaciones. Sin embargo, un 48% viajaría más frecuentemente si fuera accesible y un 60% estaría dispuesto a pagar costes de viaje más altos si la accesibilidad mejorase.

Comprendiendo la importancia que en el mediano plazo tendrá esta población como clientes turísticos prioritarios a nivel mundial, nuestro país debe potenciar el desarrollo de un sólido sector turístico que se acople a todas las personas. Un estudio reciente de la consultora Accenture del año 2011, que apunta a las nuevas tendencias que afectarán los mercados globales y sus productos en los próximos 10 a 20 años. El estudio señala tres cambios clave que presagian conforme el crecimiento del envejecimiento de la población:

1. Productos y servicios experienciales: crecimiento de la demanda para oportunidades de ocio variado, entretenimiento, viajes y turismo.

2. Servicios de salud y productos de bienestar: crecimiento del gasto en salud incluyendo cuidados de larga duración.

3. Productos acompañados a la edad: crecimiento de la demanda de productos diseñados para la adaptación en el cambio de la condición física y sensorial de personas mayores. Por ejemplo, como lo serían los productos turísticos que apliquen diseño universal (construcciones que permiten el acceso a todas las personas), entre otros.

Además, este avance es congruente con una serie de normativas, tratados y protocolos que existen a nivel internacional, los cuales han tenido un proceso progresivo y que han reconocido y ampliado derechos como se detalla a continuación:

Año de aprobación

Normativa Internacional

Relevancia

1948

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Aparecen artículos relacionados con los derechos de las personas con discapacidad

1970

Convención Americana sobre los Derechos Humanos

Reconocen el desarrollo progresivo de los Derechos Humanos Económicos, Sociales y Culturales.

1994

Conferencia Mundial Unesco: Declaración de Salamanca

Establece que los niños con necesidades educativas especiales deben tener acceso a las escuelas ordinarias las cuales deben tener un ámbito de integración.

1999

Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad

Los objetivos de la presente Convención son la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad.

2006

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Art. 30, inc. 30, subinc. c) menciona: Asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso a instalaciones deportivas, recreativas y turísticas.

2014

Manual sobre Turismo Accesible para Todos, Organización Mundial de Turismo

El presente manual ofrece un marco de referencia sobre las intervenciones, herramientas y recursos necesarios en la prestación de servicios y gestión del turismo accesible.

2021

ISO 21902 Turismo y servicios relacionados–Turismo accesible para todosRequisitos y recomendaciones.

Es un estándar internacional que incluye las mejores prácticas para que todas las personas puedan disfrutar del turismo en igualdad de condiciones, en especial las personas con discapacidad.

A partir de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se hace un esfuerzo por cambiar el enfoque considerando al entorno como factor discapacitante, planteándose una visión más positiva y orientada hacia la accesibilidad como medida para crear entornos accesibles, independientemente de las capacidades de cada uno, entornos para todas las personas.

Al igual que el enfoque de la discapacidad, también evoluciona el concepto del turismo accesible. Ya no se hace referencia únicamente a los turistas con discapacidad, sino a la adecuación del entorno turístico para que sea accesible para todos los grupos de población:

La tendencia actual es la de integrar dentro del concepto Turismo Accesible bajo el paraguas de un Diseño para Todos aportando más factores globales como ampliación de grupos de población implicados, nexo de unión entre discapacidad y personas mayores, a accesibilidad como un factor útil para el mayor número de personas posible, Diseño para Todos o Diseño Universal como herramienta para alcanzar la accesibilidad.[2]

Esta evolución que se manifiesta en el desarrollo de conceptos como el de “turismo para todas las personas” y del “turismo accesible” que, a su vez, se desarrollan dentro del Manual sobre Turismo Accesible de la Organización Mundial de Turismo, con el que nuestro país ha iniciado un proceso de implementación.

A través de la normativa nacional, en la que también ha ocurrido un desarrollo gradual de la legislación relativa a la inclusión de las personas con discapacidad y en el desarrollo de un concepto de turismo para todas las personas como se expone en el siguiente cuadro:

Año de aprobación

Normativa Nacional

Relevancia

1955

Ley Orgánica del Instituto Costarricense de Turismo (ICT)

Como ente rector y con la finalidad principal de incrementar el turismo fomentando el ingreso y grata permanencia en el país de los visitantes extranjeros que busquen descanso, diversión o entretenimiento incluyendo así a todas las personas, incluidas las personas con discapacidad.

1996

Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad

En su artículo 153 se estableceHospedaje accesible”. El Instituto Costarricense de Turismo, como ente rector en materia de turismo velará por que en las instalaciones de las empresas turísticas de hospedaje se cumplan con las especificaciones técnicas.

1998

Decreto Ejecutivo 26831: Reglamento Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad.

Establece normas y procedimientos de obligatoria observancia para todas las instituciones públicas, privadas y gobiernos locales, quienes serán responsables de garantizar a las personas con discapacidad e...

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