Ley para congelar las remuneraciones de diputados y diputadas en el escenario de alta deuda pública, reforma Ley de Remuneración de los Diputados de la Asamblea Legislativa y Fortalecimiento de las finanzas públicas, de 31 de Mayo de 2021
Emisor | Asamblea Legislativa |
Nº 9987
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY PARA CONGELAR LAS REMUNERACIONES DE DIPUTADOS
Y DIPUTADAS EN EL ESCENARIO DE ALTA DEUDA PÚBLICA.
ADICIÓN DE UN PÁRRAFO FINAL AL ARTÍCULO 2 DE LA
LEY 7352, LEY DE REMUNERACIÓN DE LOS DIPUTADOS
DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, DE 21 DE JULIO
DE 1993, Y DE UN PÁRRAFO AL INCISO C)
DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 9635,
FORTALECIMIENTO DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS,
DE 3 DE DICIEMBRE
DE 2018
ARTÍCULO 1- Se adiciona un párrafo final al artículo 2 de la Ley 7352, Ley de Remuneración de los Diputados de la Asamblea Legislativa, de 21 de julio de 1993.
El texto es el siguiente:
Artículo 2-
[ ... ]
No obstante, en el caso de que se apliquen las condiciones del escenario d) del artículo 11 de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018, no se realizará el ajuste dispuesto en esta norma.
ARTÍCULO 2- Se adiciona un párrafo al inciso c) del artículo 13 de la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018. El texto es el siguiente:
Artículo 13- Medidas extraordinarias
[ ... ]
-
[ ... ]
En este escenario tampoco se realizará ningún aumento a la remuner3ción de los diputados y las diputadas de la República.
[ ... ]
ARTÍCULO 3- Se adiciona un transitorio a la Ley 9635, Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, de 3 de diciembre de 2018. El texto es el siguiente:
Transitorio XXXV bis- De conformidad con lo dispuesto en esta ley, a las remuneraciones de los diputados y las diputadas no se les aplicará ningún aumento correspondiente al presente año 2021 ni a los años subsiguientes, mientras permanezcan las condiciones establecidas en el inciso c) del artículo 13 de la presente ley. Tampoco procederá...
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