LEY PARA FOMENTAR LA TRANSICIÓN VERDE E INCLUSIVA DE LAS UNIDADES DE AUTOBÚS EN COSTA RICA Y ACTIVAR EL FONDO DE AVALES CREADO POR LA LEY N° 10.106

Fecha de publicación25 Enero 2023
Número de registroIN2023710083
EmisorPoder Legislativo

LEY PARA FOMENTAR LA TRANSICIÓN VERDE E INCLUSIVA

DE LAS UNIDADES DE AUTOBÚS EN COSTA RICA

Y ACTIVAR EL FONDO DE AVALES CREADO

POR LA LEY N° 10.106

Expediente N° 23.507

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

En enero del año 2022, se aprobó la Ley N° 10106, Crea Fondo Nacional de Avales para el apoyo a las empresas afectadas por el COVID-19 y la Reactivación Económica con el siguiente propósito:

“El fondo de avales es un instrumento financiero pensado para las empresas que fueron afectadas por la pandemia y que la misma crisis sanitaria les impide presentar garantías a la hora de solicitar un préstamo a los bancos u otras entidades financieras. Para las empresas en esta situación, y que cumplan con los requisitos, el fondo de avales será su garantía.

De esta forma, el Estado otorgará garantías bancarias de hasta el 75% sobre el monto principal del crédito que den las distintas entidades bancarias a miles de empresas afectadas por la pandemia. Es decir, que, si una empresa que accede al crédito no puede responder, el fondo de avales le reconocerá el 75% de lo prestado a la entidad financiera. Esto reduce los riesgos para las entidades y permite mejores condiciones en intereses, plazos y tasas para las empresas.” (Casa Presidencial: 14 de enero del 2022)[3]

Sin embargo, a la fecha de presentación de este proyecto de ley, el Fondo de Avales no ha conseguido activarse, a pesar de las grandes necesidades de financiamiento que existen en el país por parte de micro y pequeñas empresas, así como de cooperativas de distintos sectores productivos.

Al mismo tiempo, se discute en la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa el Expediente 22.530, “Ley para la protección del Sector Autobusero Nacional ante la Crisis Sanitaria, Social y Económica Provocada por el COVID-19” del exdiputado Erwen Masis del PUSC, con la excusa de que el sector autobusero costarricense no puede realizar el cambio de flotilla correspondiente al vencimiento de la antigüedad permitida legalmente debido a la pandemia. Ante el debate de este proyecto surge la siguiente duda: en vez de habilitar más años de circulación a unidades de buses, aumentando el riesgo de los usuarios, ¿por qué no reactivar el Fondo de Avales y canalizarloen parte- hacia pequeñas empresas autobuseras con el fin de que migren hacia una flotilla verde e inclusiva?

Unidades de autobús con vida útil vencida

Mediante oficio CTP-DT-DAC-OF-2022-0278 el Ministerio de Obras Públicas y Transportes evacuó las consultas del Frente Amplio respecto de las unidades de autobús con la vida útil vencida. Según el oficio CTP-DT-DAC-OF-0136-2022 al 1 de febrero de 2022 el Consejo de Transporte Público posee datos de 294 unidades de bus que se encuentran con años fuera de la vida útil, con modelos 2002, 2003, 2004 y 2005. Esto implica que al 1 de febrero de 2022 había unidades inscritas en flota óptima con antigüedades de 20 años (5 unidades), 19 años (3 unidades), 18 años (41 unidades), 17 años (88 unidades), 16 años (157 unidades), para un total de 294 unidades. Detalla el oficio que según acuerdo el acuerdo Art. 7.10 de la Sesión Ordinaria 16-2021 celebrada el día 25 de febrero del 2021 la Junta Directiva acordó: “Adicionarle al criterio anterior, que de conformidad con el artículo 52 de la Ley 9078, el Consejo de Transporte Público debe de seguir el procedimiento allí establecido, sea de prevenir a las empresas, por un plazo de tres meses, para que procedan a la sustitución de las unidades cuya vida útil se encuentra vencida”. Sin embargo, a partir de dicha prórroga y a pesar de haber sido notificados por este Departamento y de forma automática por medio del Sicut Web al vencer dicho plazo, las unidades continúan inscritas en flota óptima

El CTP adjunto con el oficio CTP-DT-DAC-OF-2022-0278, una base de datos en Excel en el cual se adjuntan rutas con unidades fuera de vida útil a junio 2022. En los datos actualizados resalta que todavía están inscritas 234 unidades las cuales contienen modelos 2002 (5 unidades), 2003 (3 unidades), 2004 (35 unidades), 2005 (80 unidades) y 2006 (111 unidades); provenientes de empresas de distinto tamaño y capacidad financiera. De estos datos se deriva que para algunas empresas ignorar el deber de renovar la flotilla es una costumbre ahorrativa, mientras que, para otras empresas, es una limitante inevitable por falta de recursos.

Así las cosas, aunque la crisis económica producto del Covid-19 iniciada en 2020 ciertamente implicó la disminución de los pasajeros e ingresos promedio reportados por las empresas autobuseras (tal y como evidencia el Gráfico 1), lo cierto es que la capacidad de recuperarse de este evento varia en el propio sector. Mientras algunas empresas siguen reportando valores inferiores al período de prepandemia, otras empresas autobuseras ya han recuperado -e incluso superado- los valores (ver Gráfico 2). De lo anterior, efectivamente parece necesario tomar medidas de apoyo para la renovación de la flotilla de buses en Costa Rica, pero: 1) Deben ser medidas focalizadas en favor de las micro y pequeñas empresas autobuseras 2) Debe garantizarse el resguardo de la seguridad de las personas usuarias mediante rigurosos requisitos a las empresas y 3) Debe incentivarse la transformación de una flotilla altamente basada en Diesel hacia una híbrida o 100% eléctrica. Este momento de renovación de flotilla debe entenderse como una oportunidad para democratizar los mercados del transporte público y avanzar en el cumplimiento de los objetivos del desarrollo sostenible.

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Gráfico 2. Ejemplo de empresa autobusera que recuperó sus ingresos a valores iguales o superiores previos a la pandemia.

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Estructura tarifaria del servicio de autobús

Otro elemento por considerar con respecto al debate de la renovación de la flotilla es que la estructura tarifaria vigente al 2021 establece que el monto por depreciación ronda el 8.84 % (ver Gráfico 3). En el caso de la antigüedad, los empresarios deben incorporar este costo durante toda la vida útil del autobús, y recuperar el monto de depreciación que posteriormente deberán utilizar para sustituir la unidad una vez que se cumpla la vida útil.

Ciertamente, aquellas empresas con menor capacidad financiera, como las micro y pequeñas empresas, pueden estar enfrentando dificultades de renovar la flotilla debido a la no recuperación del monto de depreciación durante los dos años de COVID-19 al disminuir la circulación de pasajeros. Sin embargo, nuevamente el análisis debe realizarse diferenciando las características del sector pues otros empresarios autobuseros que ya recuperaron el nivel de ingresos o pasajeros bien pueden costear el cambio de flotilla y cumplir con su deber de ley. Nótese que es voluntad de las y los legisladores firmantes de este proyecto que las medidas se focalicen en favor de las empresas más pequeñas, no en favor de las grandes empresas autobuseras que cuentan con la capacidad financiera de renovar flotilla.

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Electrificación de la movilidad urbana

En el contexto del debate del Expediente 22.530 el grupo de organizaciones civiles conformado por la Asociación Costarricense de Movilidad Eléctrica, ACONVIVIR, Fundación Centro para la Sostenibilidad Urbana, Asociación Regional Centroamericana para el Agua y el Ambiente, Bici Bus, Chepecletas, Colectivo Las Luciérnagas, Pedalizate y Arquitectura en Bicicleta, envió una carta a los 57 diputados (as) cuestionado los argumentos técnicos del dictamen positivo del proyecto de Ley No 22.530 en la Comisión Legislativa de Asuntos Económicos al expediente 22.530:

Mientras que la región avanza, Costa Rica retrocede. En México, el proyecto Metrobús recientemente realizó la contratación de 50 buses eléctricos y Monterrey anunció la incorporación de 110 buses eléctricos. En Guatemala, Transmetro publicó la licitación para 24 buses eléctricos. En Colombia, Bogotá acaba de agregar 195 buses eléctricos más para una flota total de 1485 buses cero emisiones. En Chile, Santiago espera la llegada de 992 unidades que permitirán duplicar la cantidad de buses eléctricos. Latinoamérica ya suma 3701 autobuses eléctricos, modernos y confortables para las personas usuarias. En Costa Rica, todavía ninguna ruta cuenta con unidades eléctricas ni plan de modernización o electrificación de las unidades”.

Las y los proponentes de este proyecto coincidimos con dicho planteamiento. Es hora de que Costa Rica avance en la transformación de su flota vehicular, incluyendo la del transporte público, hacia una flotilla más verde, sostenible ambientalmente. Así, haciendo escucha de esta solicitud ciudadana, el presente proyecto tiene como uno de sus objetivos impulsar esa transformación.

Contenido del proyecto

De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del proyecto de ley se reforman los artículos 4 y 6 y el inciso “c” del artículo 17 de la Ley N° 3503 “Ley Reguladora Transporte Remunerado de Personas Vehículos Automotores y sus reformas. Las reformas incorporan en el artículo 4 y 6 los siguientes criterios: 1) En caso de que algún oferente contara o hubiese contado con una adjudicación de la misma línea o de otra, solo se le podrá volver a adjudicar una licitación si demuestra que durante el período completo de adjudicación previa se encontró al día con: a) Sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense, b) Con las obligaciones ante el Ministerio de Hacienda, c) Con el pago del canon de regulación del Consejo de Transporte Público de la ARESEP, d) Con el informe diario de pasajeros ante la ARESEP y e) con los requisitos técnicos de accesibilidad adecuados a las necesidades de los usuarios con discapacidad establecidos en la Ley N° 7600, Sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad y sus reformas. 2) En igualdad de condiciones se preferirá a quienes en el período inmediato anterior aparezcan reg...

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