LEY PARA GARANTIZAR LA INCORPORACIÓN DE LA PERSONA JOVEN EN LA GOBERNANZA PÚBLICA
Número de Iniciativa | 23309 |
Fecha de presentación | 25 Agosto 2022 |
Fecha de publicación | 22 Septiembre 2022 |
Tipo de proyecto | PROCEDIMIENTO PROYECTO DE LEY ORDINARIO |
Autor de la iniciativa | Geison Enrique Valverde Méndez,Kattia Rivera Soto,Carlos Felipe Garcia Molina,Andrea Álvarez Marín,María Marta Carballo Arce |
De conformidad con las disposiciones del artículo 113 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el Departamento Secretaría del Directorio incorpora el presente texto al Sistema de Información Legislativa (SIL), de acuerdo con la versión electrónica suministrada.
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
PROYECTO DE LEY
LEY PARA GARANTIZAR LA INCORPORACIÓN DE LA PERSONA JOVEN EN LA GOBERNANZA PÚBLICA
GEISON VALVERDE MENDEZ
DIPUTADO
EXPEDIENTE N.°23.309
PROYECTO DE LEY
LEY PARA GARANTIZAR LA INCORPORACIÓN DE LA PERSONA JOVEN EN LA GOBERNANZA PÚBLICA
Expediente N.º 23.309
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La incorporación de las juventudes en los diferentes espacios de participación ciudadana y órganos decisorios es fundamental en todo proceso de fortalecimiento de la democracia.
La Ley General de la Persona Joven N°8261 fue aprobada en el año 2002 con el fin de fortalecer de manera integral el marco jurídico en materia de juventud, esta ley promovió las garantías, los derechos y los deberes de las personas jóvenes.
Además, se fortaleció la estructura organizativa de la juventud costarricense al constituir el Consejo Nacional de la Política Pública de la Persona Joven, la Red Nacional Consultiva de personas jóvenes y los Comités Cantonales de la persona joven con el propósito de lograr una mayor participación en las políticas públicas y estrategias de atención del sector.
Si bien la ley contempló la participación de jóvenes en instancias de toma de decisiones en espacios estipulados, esa participación se restringe a espacios que tienen poca participación activa o espacios en los que la repercusión de sus acciones, propuestas o ideas no tiene mayor alcance.
El derecho de participación de las personas jóvenes comprende un complejo campo de acción, de mecanismos, procedimientos, organizaciones, espacios, actores, intereses y juegos de fuerza, por lo que incorporar personas jóvenes en órganos de decisión desde los ámbitos públicos, específicamente uno relacionado con la toma decisiones e incidencia en las prioridades.
Mediante este proyecto de ley se pretende garantizar una adecuada participación protagónica de las personas jóvenes en órganos de decisión y en espacios de representación importantes que están ligados a la institucionalidad, para involucrarlos en su desarrollo, en la toma de decisiones y mejora de calidad de vida.
La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes establece en su Capítulo II, Artículo 21. Participación de los jóvenes.
- Los jóvenes tienen derecho a la participación política
- Los Estados Parte se comprometen a impulsar y fortalecer procesos sociales que generen formas y garantías que hagan efectiva la participación de jóvenes de todos los sectores de la sociedad, en organizaciones que alienten su inclusión
- Los Estados Parte promoverán medidas que, de conformidad con la legislación interna de cada país, promuevan e incentiven el ejercicio de los jóvenes a su...
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