Ley No. 9792

Fecha de publicación27 Agosto 2020
Número de registro9792
EmisorPoder Legislativo

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

DESAFECTACIÓN DE USO PÚBLICO DE CALLE

MUNICIPAL EN GUADALUPE, DEL CANTÓN

CENTRAL DE CARTAGO, Y AFECTACIÓN

A UN NUEVO FIN PÚBLICO, POR PARTE

DE LA MUNICIPALIDAD, PARA LA

NUEVA ZONA RECREATIVA

DEL DISTRITO

ARTÍCULO 1- Se desafecta la calle 32 de uso público municipal, entre avenidas 12 y 10; distrito 6º, Guadalupe; cantón I, Central, Cartago.

ARTÍCULO 2- Se afecta su nuevo uso público común para zona recreativa y comunal cuyo titular será la Municipalidad de Cartago, cédula jurídica tres-cero uno cuatro-cero cuatro dos cero ocho cero (N.° 3-014-042080).

ARTÍCULO 3- La Municipalidad de Cartago podrá utilizar el área exclusivamente para la construcción de un parque, calzada peatonal, zona deportiva, zona cultural, gimnasio comunal o una combinación de las anteriores, según los fines que más convengan a la comunidad.

ARTÍCULO 4- La Municipalidad de Cartago podrá cercar los accesos para regular el ingreso de las personas, apegada a los fines perseguidos por la presente ley.

ARTÍCULO 5- Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la respectiva escritura pública con la nueva afectación a que se refiere la presente ley.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Carlos Ricardo Benavides Jiménez

Presidente

Laura María Guido Pérez Carlos Luis Avendaño Calvo

Primera secretaria Segundo secretario

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

Ejecútese y publíquese

EPSY CAMPBELL BARR, Primera Vicepresidenta en Ejercicio de la Presidencia de la República.—El Ministro de Gobernación y Policía, Michael Soto Rojas.—1 vez.—( L9792 - IN2020478754 ).

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