Ley No. 9938

Fecha de publicación15 Marzo 2021
Número de registro9938
EmisorPoder Legislativo

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL TRANSITORIO VI DE LA LEY 8868,

AUTORIZACIÓN PARA AMPLIAR EL PLAZO DEL

FIDEICOMISO N° 955 MINISTERIO DE HACIENDA-

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Y AMPLIAR

EL ÁREA DE COBERTURA A LAS ZONAS APTAS

PARA LA SIEMBRA Y PRODUCCIÓN DE PALMA

ACEITERA EN COSTA RICA, DE 15

DE OCTUBRE DE 2010

ARTÍCULO ÚNICO- Se reforma el transitorio VI de la Ley 8868, Autorización para Ampliar el Plazo del Fideicomiso N° 955 Ministerio de Hacienda-Banco Nacional de Costa Rica y Ampliar el Área de Cobertura a las Zonas Aptas para la Siembra y Producción de Palma Aceitera en Costa Rica, de 15 de octubre de 2010.

El texto es el siguiente:

Transitorio VI- El Servicio Fitosanitario del Estado deberá transferir, por una única vez, la suma de dos mil millones de colones (¢2000 000 000) del superávit libre acumulado al 2019, los cuales serán administrados por el fiduciario del fideicomiso y que se utilizarán para la atención de los deberes del Estado, a fin de fortalecer el fideicomiso y el sector palmero.

Rige a partir de su publicación.

ASAMBLEA LEGISLATIVA- Aprobado a los doce días del mes de enero del año dos mil veintiuno

COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO

Eduardo Newton Cruickshank Smith

Presidente

Ana Lucía Delgado Orozco María Vita Monge Granados

Primera secretaria Segunda secretaria

Dado en la Presidencia de la República, San José, al primer día del mes de marzo del año dos mil veintiuno.

Ejecútese y Publíquese.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Hacienda, Elian Villegas Valverde.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Renato Alvarado Rivera.—1 vez.—O.C. N° 4600047816.—Solicitud N° 017-2021.—( L9938-IN2021534738 ).

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