LEY PARA POTENCIAR EL FINANCIAMIENTO E INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE MEDIANTE EL USO DE VALORES DE OFERTA PÚBLICA TEMÁTICOS

Fecha de publicación10 Marzo 2021
Número de registroIN2021533175
EmisorPoder Legislativo

LEY PARA POTENCIAR EL FINANCIAMIENTO E INVERSIÓN

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE MEDIANTE EL USO

DE VALORES DE OFERTA PÚBLICA TEMÁTICOS

Texto sustitutivo

EXPEDIENTE N° 22.160

ARTÍCULO 1.- Objeto.

La presente ley tiene por objeto promover el financiamiento e inversión mediante el uso de Valores de Oferta Pública Temáticos en actividades, obras y proyectos tendientes a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible y las políticas públicas enfocadas en la lucha contra el cambio climático, incluyendo la Estrategia Nacional de Cambio Climático

Estos Valores de Oferta Pública Temáticos deben ser estandarizados al amparo del artículo 10 de la Ley N°7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores.

ARTÍCULO 2.- Definiciones.

Para el propósito de esta ley, los términos más importantes serán usados con los significados siguientes:

1) Actividades, obras y proyectos elegibles: Se considerará una “actividad, obra o proyecto elegibles” al que genera beneficios ambientales, sociales o ambos, los cuales cuentan con un informe de verificación emitido por un tercero independiente experto, bajo estándares nacionales e internacionales oficialmente reconocidos por las Bolsas de Valores y tienen un impacto positivo en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en la Estrategia Nacional de Cambio Climático. A continuación, se muestra una lista no exhaustiva de categorías de actividades, obras, y proyectos elegibles:

1.1 Con beneficios ambientales:

a) Agricultura/Bioenergía/Forestación/Reforestación/Cadena de abastecimiento de alimentos: Desarrollo de agricultura verde: producción de agricultura orgánica, agricultura sostenible y ecológica. Proyectos sobre cadenas de abastecimiento de alimentos. Desarrollo de proyectos de forestación y reforestación. Construcción, operación y mantenimiento de proyectos de generación de energía con biomasa y biocombustibles excepto aquellos que estén en la modalidad de monocultivo. Protección de naturaleza, restauración ecológica y prevención de desastres incluyendo restauración de ecosistemas y prevención y erosión de suelos.

b) Conservación de ecosistemas y su biodiversidad: protección de ambientes costeros, marinos y de cuencas, incluyendo con ellos actividades, obras y proyectos relacionados con servidumbres ecológicas y/o derechos de desarrollo transferibles.

c) Eficiencia energética: edificación sostenible, almacenamiento de energía, calefacción urbana, redes inteligentes, equipo e instalaciones para reducir el uso de energía y emisiones contaminantes. Puede incluir reciclaje y uso de calor residual, así como la cogeneración cuando no existan otras alternativas viables según la Ley N°8839 Ley para la Gestión Integral de Residuos.

d) Energías renovables: incluyendo construcción, operación y mantenimiento de proyectos solares, eólicos, geotérmicos, mareomotrices e hidroeléctricos. Proyectos de transmisión para energía renovable. Rehabilitación de plantas de energía y transmisión para reducir emisiones de gases de efecto invernadero, incluyendo la red inteligente. Producción de equipos para generación de energía renovable y eficiencia energética.

e) Gestión sostenible de recursos naturales y uso de la tierra: agricultura y cría de animales sostenible, pesca, acuicultura; actividad forestal sostenible.

f) Gestión sostenible del agua: infraestructura de potabilización y distribución de agua potable, incluyendo proyectos rurales. Irrigación en pequeña escala y conservación de recursos hídricos. Mejoras en eficiencia en distribución de agua potable urbana. Revitalización de ríos y restauración de hábitat. Conservación de ecosistemas marinos, incluyendo la restauración de manglares y ambientes costeros. Prevención, adaptación y control de sequías e inundaciones.

g) Manejo de residuos/captura de metano: Manejo de residuos con captura de metano y/o generación de energía. Tratamiento de aguas residuales con captura de metano y/o generación de energía.

h) Prevención y control de la contaminación: tratamiento de aguas residuales, control de gases de efecto invernadero, descontaminación de aguas y suelos, prevención y reducción de residuos, reciclaje.

i) Transporte limpio: Proyectos ferroviarios, incluyendo construcción, compra de equipos y mejoras tecnológicas. Proyectos de movilidad con motores eléctricos, incluyendo estaciones de servicios para vehículos eléctricos. Transporte ferroviario urbano, incluyendo tren ligero, metro, monorriel, tranvía, etc. Mejoras en eficiencia energética de los sistemas de transporte.

j) Otros que contribuyan con la mitigación y adaptación al cambio climático y otras problemáticas ambientales.

1.2 Con beneficios sociales:

a) Infraestructura básica asequible:

i.Agua potable;

ii.Alcantarillado;

iii.Saneamiento;

iv.Transporte.

b) Acceso a servicios básicos:

i.Salud;

ii.Educación;

iii.Asistencia sanitaria;

iv.Financiación y servicios financieros a grupos vulnerables.

c) Vivienda asequible.

d) Generación de empleo.

e) Autonomía alimentaria.

f) Producción local sostenible de alimentos.

g) Mitigación de impactos producto de pandemias, epidemias u otras enfermedades.

2) Adaptación: Ajustes en sistemas humanos o naturales como respuesta a estímulos climáticos proyectados o reales, o sus efectos, que pueden moderar el daño o aprovechar sus aspectos beneficiosos.

3) Bolsas de Valores: Entidades autorizadas para la organización de los mercados secundarios de acuerdo con lo establecido en la Ley N°7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores.

4) Cambio climático: Variación del estado del clima mediante pruebas estadísticas que persiste durante largos períodos de tiempo. Es un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera global y que suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables.

5) Desarrollo sostenible: Desarrollo que atiende las necesidades actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades. Se trata de progreso económico más progreso social y ambiental.

6) Emisores: Persona jurídica autorizada para realizar oferta pública de valores de conformidad con el ordenamiento jurídico que busca financiarse mediante la emisión de un instrumento de deuda o capital.

7) Gases de efecto invernadero: Gases integrantes de la atmósfera, de origen natural y antropogénico, que absorben y emiten radiación en determinadas longitudes de ondas del espectro de radiación infrarroja emitido por la superficie de la Tierra, la atmósfera, y las nubes. Esta propiedad causa el efecto invernadero. El vapor de agua (H2O), dióxido de carbono (CO2), óxido nitroso (N2O), metano (CH4), y ozono (O3) son los principales gases de efecto invernadero en la atmósfera terrestre. Además, existe en la atmósfera una serie de gases de efecto invernadero totalmente producidos por el hombre, como los halocarbonos y otras sustancias que contienen cloro y bromuro, de las que se ocupa el Protocolo de Montreal. Además del CO2, N2O, y CH4, el Protocolo de Kyoto aborda otros gases de efecto invernadero, como el hexafluoruro de azufre (SF6), los hidrofluorocarbonos (HFC), y los perfluorocarbonos (PFC).

8) Hecho Relevante: La obligada comunicación de los Emisores de Valores de la existencia de factores, hechos o decisiones que puedan influir, de modo sensible, en el precio de sus valores, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores y sus reglamentos.

9) Informes de verificación: Informes donde se expone el análisis técnico y la opinión del verificador acerca de una “actividad, obra y/o proyecto elegible”. En dicho informe se abarca la totalidad de los impactos de forma cualitativa y cuantitativa, incluyendo con ello al informe final de verificación previo a la emisión del bono sostenible y los informes anuales de cumplimiento.

10) Inversionista: Persona física o jurídica que invierte en instrumentos financieros con la finalidad de obtener una ganancia económica. Quienes aportan recursos para el financiamiento de “actividades, obras y proyectos elegiblesmediante la compra de “Valores de Oferta Pública Temáticos”.

11) Mitigación: Intervención antropogénica para reducir las fuentes o mejorar los sumideros de gases de efecto invernadero, así como la mitigación de otros daños ambientales y los efectos de las actividades humanas.

12) Inversión sostenible/responsable: Es una estrategia de inversión que aparte de considerar aspectos financieros también toma en cuenta factores ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) en las decisiones de inversión, de manera que se puedan canalizar recursos del sector privado hacia proyectos que contribuyan con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

13) Oferta Pública de Valores Temáticos: Valores de Oferta Pública que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley N°7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores y con esta ley. Se entenderá por Oferta Pública de Valores lo definido en el Artículo 2 de la Ley N°7732.

14) Objetivos de Desarrollo Sostenible: Iniciativa impulsada por Naciones Unidas para dar continuidad a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), se encuentra constituida por 17 objetivos y 169 metas propuestos como continuación de los ODM incluyendo nuevas esferas como el cambio climático, la desigualdad económica, la innovación, el consumo sostenible y la paz, y la justicia, entre otras prioridades. Conocidos también como Agenda 2030.

15) Red inteligente: Sistema de transmisión y distribución de electricidad que incorpora elementos de ingeniería tradicional y de vanguardia, tecnología de monitorización, tecnología de la información y comunicaciones para proporcionar un mejor desempeño de la red y apoyar una amplia gama de servicios adicionales para los consumidores.

16) Valores de Oferta Pública Temáticos: Son Valores de Oferta Pública que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley N°7732, Ley Reguladora del Mercado de Valores y, además, con los requisitos de esta ley en virtud de lo c...

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