Ley para potenciar el financiamiento y la inversión para el desarrollo sostenible, mediante el uso de valores de oferta pública temáticos, de 14 de Octubre de 2021

EmisorAsamblea Legislativa

N° 10051

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA POTENCIAR EL FINANCIAMIENTO Y LA INVERSIÓN PARA

EL DESARROLLO SOSTENIBLE, MEDIANTE EL USO DE

VALORES DE OFERTA. PÚBLICA TEMÁTICOS

ARTÍCULO 1- Objeto. La presente ley tiene por objeto promover el financiamiento y la inversión mediante el uso de valores de oferta pública temáticos en actividades, obras y proyectos tendientes a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Plan Nacional de Descarbonización, la Política Nacional de Adaptación al Cambio Climático, la Política Nacional de Producción y Consumo Sostenible, así como cualquier otro instrumento de política pública que persiga los mismos objetivos.

Estos valores de oferta pública temáticos están sujetos a la Ley 7732, Ley Reguladora del Mercado ele Valores, de ·17 de diciembre de 1997, y a la normativa y las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y la Superintendencia General de Valores (Sugeval).

ARTÍCULO 2- Definiciones. Para el propósito de esta ley, los términos más importantes serán usados con los significados siguientes:

1) Actividades, obras y proyectos elegibles: se considerará una "actividad, obra o proyecto elegibles" el que genera beneficios ambientales, sociales o ambos, los cuales cuentan con un informe de verificación emitido por un tercero independiente experto, bajo estándares nacionales e internacionales oficialmente reconocidos por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) en la reglamentación correspondiente y tiene I un impacto positivo en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en la Estrategia Nacional de Cambio Climático. A continuación, se muestra una lista no exhaustiva de categorías de actividades, obras, y proyectos elegibles:

1-1) Con beneficios ambientales:

  1. Agricultura/bioenergía/forestación/reforestación/cadena de abastecimiento de alimentos: desarrollo de agricultura verde: producción de agricultura orgánica, agricultura sostenible y ecológica. Proyectos sobre cadenas de abastecimiento de alimentos. Desarrollo del proyectos de forestación y reforestación. Construcción, operación y mantenimiento de proyectos de generación de energía con biomasa y biocombustibles excepto aquellos que estén en la modalidad de monocultivo. Protección de naturaleza, restauración ecológica y prevención de desastres incluyendo restauración de ecosistemas y prevención y erosión de suelos.

  2. Conservación de ecosistemas y su biodiversidad: protección de ambientes costeros, marinos y de que cas, incluyendo con ellos actividades, obras y proyectos relacionados con servidumbres ecológicas y/o derechos de desarrollo transferibles.

  3. Eficiencia energética: edificación sostenible, almacenamiento de energía, calefacción urbana, redes eléctricas inteligentes, equipo e instalaciones para reducir el uso de energía y emisiones contaminantes. Equipos del servicio eléctrico. Puede incluir reciclaje y uso de calor residual, así como la cogeneración cuando no existan otras alternativas viables según la Ley 8839, Ley para la Gestión Integral de Residuos, de 24 de junio de 2010.

  4. Energías renovables: incluyendo construcción, operación y mantenimiento de proyectos solares, eólicos, geotérmicos, rnareomotrices e hidroeléctricos. Proyectos de transmisión para energía renovable. Rehabilitación de plantas de energía y transmisión para reducir emisiones de gases de efecto invernadero. Almacenamiento de energía Proyectos para la automatización, flexibilidad y digitalización del sistema eléctrico. Producción de equipos para generación de energía renovable y eficiencia energética. Adaptación y resiliencia de los sistemas energéticos.

  5. Gestión sostenible de recursos naturales y uso de la tierra: agricultura y cría de animales sostenible, pesca, acuicultura; actividad forestal sostenible.

  6. Gestión sostenible del agua: infraestructura de potabilización y distribución de agua potable, incluyendo proyectos rurales. Irrigación en pequeña escala y conservación de recursos hídricos. Mejoras en eficiencia en distribución de agua potable urbana. Revitalización de ríos y restauración de hábitat. Conservación de ecosistemas marinos, incluyendo la restauración de manglares y ambientes costeros. Prevención, adaptación y control de sequías e inundaciones;

  7. Manejo de residuos/captura de metano: manejo de residuos con captura de metano y/o generación de energía. Tratamiento de aguas residuales con captura de metano y/o generación de energía.

  8. Prevención y control de la contaminación: tratamiento de aguas residuales, control de gases de efecto invernadero descontaminación de aguas y suelos, prevención y reducción ele residuos, reciclaje.

  9. Transporte limpio: proyectos ferroviarios, incluyendo construcción, compra de equipos y mejoras tecnológicas. Proyectos de movilidad con motores eléctricos, incluyendo estaciones ele servicios para vehículos eléctricos o cero emisiones.

    Transporte ferroviario urbano, incluyendo tren ligero, metro, monorriel, tranvía, etc.

    Mejoras en eficiencia energética de los sistemas de transporte.

  10. Otros que contribuyan con la mitif1ación y adaptación al cambio climático y otras problemáticas ambientales.

    1-2) Con beneficios sociales:

  11. Infraestructura básica asequible:

  12. Agua potable;

    ii) Alcantarillado;

    iii) Saneamiento;

    iv) Transporte.

  13. Acceso a servicios básicos:

  14. Salud;

    ii) Educación;

    iii) Asistencia sanitaria;

    iv) Financiación y servicios financiero:; a grupos vulnerables;

  15. Vivienda asequible;

  16. Generación de empleo;

  17. Autonomía alimentaria;

  18. Producción local sostenible de alimentos;

  19. Mitigación de impactos producto de pandemias, epidemias u otras enfermedades.

    2) Adaptación: ajustes en sistemas humanos o naturales como respuesta a estímulos climáticos proyectados o reales, o sus efectos, que pueden moderar el daño o aprovechar sus aspectos beneficiosos.

    3) Bolsas de valores: entidades autorizadas para la organización de los mercados secundarios de acuerdo con lo establecido en la Ley 7732, Ley Reguladora del Mercado ele Valores, de '17 de diciembre de 1997.

    4) Cambio climático: variación del estado del clima, mediante pruebas estadísticas, que persiste durante largos períodos. Es un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y que suma a la variabilidad natural del clima observada...

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