Ley para prevenir la reducción de los salarios de los educadores costarricenses, de 17 de Febrero de 2022

EmisorAsamblea Legislativa

N° 10137

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

LEY PARA PREVENIR LA REDUCCIÓN DE LOS SALARIOS DE LOS EDUCADORES COSTARRICENSES

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el artículo 54 de la Ley 2166, Ley de Salarios de la Administración Púbica, de 9 de octubre de 1957. El texto es el siguiente:

Artículo 54- Conversión ce incentivos 3 montos nominales fijos. Cualquier otro incentivo o compensación existente, que a la entrada en vigencia de esta ley esté expresado en términos porcentuales, su cálculo a futuro será un monto nominal, resultante de la aplicación del porcentaje al salario base a julio de 2018.

En el caso específico del componente salarial denominado "Incentivo para el Desarrollo de la Docencia", que percibe el personal docente del título segundo del Estatuto del Servicio Civil, se debe calcular como un monto nominal fijo, resultante de la aplicación del ocho coma treinta y tres por ciento (8,33%) al salario total, entendido este como la suma del salario...

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