LEY PARA RESTITUIR LA DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LA LUCHA MODIFICACIÓN DE LAS LEYES 8754 Y 9481

Fecha de publicación21 Julio 2022
Número de registroIN2022662784
EmisorPoder Legislativo

LEY PARA RESTITUIR LA DECLARATORIA

DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN LA LUCHA

CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA:

MODIFICACIÓN DE LAS LEYES 8754 Y 9481

Expediente N° 23.208

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Por muchos años, el país se ha diferenciado de otras naciones de la región por su estabilidad política y social, lo que ha permitido promocionar al país como un destino seguro y de paz como factores determinantes para el turismo y la movilización de inversiones. Sin embargo, el aumento de la criminalidad y la violencia han generado en los últimos años una seria amenaza para la convivencia y la calidad de vida de los habitantes.

La inversión en educación y seguridad, así como la cooperación con otros países y la legislación nacional robusta, han sido herramientas determinantes para la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado.

No obstante, es vital la actualización en estos rubros, Costa Rica ha experimentado en los últimos años una creciente ola de delincuencia que pone en entre dicho los logros alcanzados en el pasado.

Dentro de las principales manifestaciones de la delincuencia están el crimen organizado y la corrupción. En cuanto al primero, en el año 2017 se presentó la cantidad de homicidios más alta en la historia con 603 casos por cada 100 mil habitantes; esta cifra es considerada por la Organización Mundial de la Salud como una epidemia. El propio Organismo de Investigación Judicial (OIJ) ha definido que la principal causa de homicidios en el país es el narcotráfico y el narcomenudeo.

Según datos del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), en el 2017 se intervinieron 125 organizaciones dedicadas al narcotráfico y se lograron en ese año importantes decomisos de dinero que contabilizan cerca de los cuatro millones de dólares en efectivo, pero esto no ha sido suficiente.

Tampoco lo ha sido el abordaje contra la corrupción, flagelo que muchas veces está ligado al narcotráfico, en especial, cuando los funcionarios públicos forman parte de organizaciones que legitiman capitales o actúan para liberar a personas arrestadas por algún delito relacionado.

El Tercer Informe del Estado de la Justicia, que elaboró el Programa del Estado de la Nación, indica que aun cuando el país tiene un sistema normativo amplio para combatir la corrupción, solamente un 7% de las denuncias llegan a la etapa de juicio y, apenas 3% terminan en sentencia condenatoria (2020: 87).

Además, se determina que entre el inicio del caso hasta la resolución de procesos por delitos de corrupción que involucran a funcionarios públicos, se tarda en promedio 758,5 días aproximadamente (25 meses) y el 12% de los casos supera los 2.452 días (7 años). Por su parte, el tiempo de resolución de procesos por delitos a personas “externas”, es de 311 días para las desestimaciones y de 756 días para los sobreseimientos, mientras que el 8% de los casos prescriben por la dilación de los trámites (2020: 100).

A lo interno del Poder Judicial se han generado importantes acciones para aumentar la transparencia y la ética de los funcionarios que participan en la administración de justicia, así como para acelerar los procesos judiciales sin afectar los derechos de las partes, pero los esfuerzos desplegados han sido desarticulados y no cuentan con recursos suficientes (2020: 37).

Todos los cuerpos policiales y las autoridades judiciales han solicitado una prioritaria atención a este tema para evitar que el país pierda la lucha contra el narcotráfico.

Es por esta razón que desde el año 2009 se cuenta con la Ley 8754 “Ley contra la Delincuencia Organizada que aportó un importante avance en la tramitación de la investigación judicial para perseguir el crimen organizado con un tratamiento específico que garantice las intervenciones telefónicas, plazos más amplios para la investigación y sobre todo las calificaciones de procedimientos especiales en el crimen organizado.

Esta ley requería un complemento adicional para su operación, la de una jurisdicción específica y juzgados especializados para tramitar los casos y no depender del ya saturado sistema de justicia que impedía seguir con la celeridad necesaria.

Por tal motivo, en julio de 2015, el Poder Ejecutivo presentó a la corriente legislativa el expediente 19.645 “Ley de creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica”, esta iniciativa era un complemento a la Ley 8754, ya que atendía con mayor especificidad la persecución del crimen organizado. Este proyecto fue aprobado por la Asamblea Legislativa en segundo debate el 4 de setiembre de 2017, tuvo el Decreto Legislativo 9481 y fue publicada el 13 de octubre de 2017 en el Alcance 246 de La Gaceta 194.

Luego de una seria de actos legislativos, que procederemos a explicar en esta exposición, se derogaron artículos importantes de la Ley 8754 y esto ha generado vacíos legales que pueden debilitar las herramientas judiciales para perseguir el crimen organizado.

El Poder Legislativo definió la entrada en vigencia de la Ley 9481 en un plazo de doce meses después de su publicación, es decir el 14 de octubre de año 2018.

Esta ley, para dar paso a las nuevas disposiciones para la nueva jurisdicción y competencias de los tribunales especializados, en sus artículos 19 y 20 planteó la derogatoria y modificación de varios artículos de la ley 8754. De la siguiente forma:

ARTÍCULO 19- Derogatoria de varios artículos de la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada. Se derogan los artículos 2, 3 y 6, a excepción del inciso d), y los artículos 7 y 9 de la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada, de 22 de julio de 2009.

ARTÍCULO 20- Modificación de la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada. Se reforma el artículo 11 y se adicionan los artículos 11 bis, 11 ter y 11 quater a la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada, de 22 de julio de 2009.

Sin embargo, a pesar de estar aprobada y publicada la Ley 9481, su vigencia iniciaba el 14 de octubre del año 2018.

Precisamente, en marzo de ese mismo año 2018, el Poder Ejecutivo volvió a plantear a la Asamblea Legislativa un nuevo proyecto de ley en esta materia, el Proyecto 20.745 “Ley para Modificar el Párrafo Segundo del Transitorio Único de la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica, Ley N.° 9481 de 13 de Setiembre del 2017”. Esta iniciativa tenía como propósito modificar la entrada en vigencia de la Ley 9481, el nuevo plazo sería por 24 meses luego de la publicación.

Este nuevo proyecto fue aprobado en segundo debate el 21 de junio del año 2018, tuvo el decreto legislativo 9591 y fue publicada el 14 de setiembre del año 2018, en la gaceta 169.

Fíjese que, al aprobarse esta ley 9591, se tiene un efecto en la Ley 9481 ya que su entrada en vigencia se corrige a 24 meses luego de su publicación, es decir, su nueva vigencia sería 14 de octubre de 2019. Esta modificación tiene un efecto en la Ley 8754, ya que no se materializan aún las derogatorias y modificaciones de los artículos antes señalados.

En concreto, con la aprobación de la Ley 9591, no rige aún la ley 9481 y con ello no se modifica la ley 8754, es decir, sigue vigente.

El criterio para posponer la entrada en vigencia de la nueva jurisdicción ya aprobada con la Ley 9481, ha sido el tema de los recursos económicos al Poder Judicial y la capacitación a los funcionarios para implementar los nuevos cambios.

Es así como, por recomendación del Poder Judicial, varios diputados y diputadas presentan el 22 de agosto de 2019 a la corriente legislativa el proyecto de ley 21.559

“Ley de Fortalecimiento de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada”.

Este nuevo proyecto tenía como propósito ajustar los cambios de estructura para la nueva jurisdicción aprobada en la Ley 9481, con la intención de hacer menos costosa la aplicación de la ley y más ágil los procesos sin desmejorar el impacto positivo en la persecución criminal. Otro cambio importante es que modificaba, nuevamente, la entrada en vigencia de la Ley 9481, concretamente, el artículo 4 de este proyecto de ley indica:

ARTÍCULO 4- Se reforma la entrada en vigencia de la Ley N° 9481, Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada en Costa Rica, de 13 de setiembre de 2017. El texto es el siguiente: Entrará en vigencia dieciocho meses después de que se haya otorgado el presupuesto necesario para su implementación, conforme a los estudios técnicos del Poder Judicial.

El 17 de octubre del 2019, la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de ley 21.559, se le asignó el Decreto Legislativo 9769 y se publicó el 30 de octubre del 2019 en el Alcance 239 de La Gaceta 206.

En este acto legislativo se presenta un efecto en la legislación de esta materia y que justifica la preocupación de los suscritos diputados y diputadas para la presentación de este nuevo proyecto de ley.

Nótese que, la Ley 9769 que le da el nuevo plazo de vigencia a la Ley 9481, entró a regir luego de su publicación el 30 de octubre de 2019, y mientras tanto la Ley 9481 ya tenía 16 días de entrar en vigencia, porque el plazo que le dio la Ley 9591 se había cumplido el 14 de octubre del 2019 y, por lo tanto, no tenía ningún impedimento para materializar plenamente los efectos de la ley.

La demora en la publicación de la Ley 9769 hizo que la Ley 9481 entrara en vigencia días atrás y con ello se materializan las derogatorias y modificaciones a la Ley 8754.

Concretamente, esta situación deroga un artículo vital para la persecución del crimen organizado. Véase de la siguiente forma:

El 14 de octubre de 2019, entra a regir la Ley 9481, cuyo artículo 19 señala:

ARTÍCULO 19- Derogatoria de varios artículos de la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada. Se derogan los artículos 2, 3 y 6, a excepción del inciso d), y los artículos 7 y 9 de la Ley N° 8754, Ley contra la Delincuencia Organizada, de 22 de julio de 2009.

En atención a esta ley se deroga el artículo 2 de la ley 8754, cuyo texto dice:

ARTÍCULO 2.- Dec...

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