Limitación a las reestructuraciones, de 1 de Junio de 2018
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 41162-H
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 130, 140 incisos 7), 8) 18) y 20), 146, 176 y 180 de la Constitución Política; los artículos 1, 4, 21, 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso b) 113 incisos 2) y 3) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley No. 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas, el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio del 2005 y sus reformas, el Decreto N°40540-H, Contingencia Fiscal del 1° de agosto del 2017 y Decreto ejecutivo N° 40808 del 4 de diciembre del 2017.
Considerando:
-
-Que el artículo 5, inciso b) de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en lo de interés dispone: "La administración de los recursos financieros del sector público se orientará a los intereses generales de la sociedad, atendiendo los principios de economía, eficacia y eficiencia, con sometimiento a la ley".
-
-Que según lo establece el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública, esta se rige por los principios generales de servicio público, para así ".asegurar su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios".
-
-Que el déficit del Gobierno Central refleja claramente que los ingresos corrientes serán insuficientes para afrontar las obligaciones que le corresponden al Gobierno, haciendo necesario implementar medidas adicionales para contener y reducir el déficit fiscal precitado.
Por tanto decretan:
"LIMITACIÓN A LAS REESTRUCTURACIONES"
Artículo 1.Únicamente serán aprobadas las reestructuraciones dentro de ministerios, órganos desconcentrados y entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, cuyo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba